• 2021-01-04 14:18:10
    Info General

    Desde el Ministerio del Interior, se informa a través de Nota de Prensa sobre:
    La entrada en vigor de la nueva regulación de los vehículos de movilidad personal.

    - Se trata de vehículos de una o más ruedas, de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos, y que pueden alcanzar una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h por su diseño.

    - No podrán circular por la aceras, vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.

    - Sus conductores estarán sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol por la Ley de Seguridad Vial, así como la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. Tampoco pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras se van conduciendo.

    Se adjunta documento con toda la información.



    Adjuntos: