• 2024-07-05 13:27:57
    Info General


    Les recordamos que es obligatorio recoger los excrementos de sus animales conforme indica la Ordenanza Nº 25 de Policía, Convivencia y Buena Vecindad de Aguas Nuevas en su artículo 22:

    Artículo 22.- Como medida higiénica ineludible, las personas que conduzcan perros procurarán impedir que estos depositen sus excrementos en las vías públicas, aceras, jardines, parterres y, en general, en cualquier lugar destinado al tránsito de peatones.
    En el caso de que los excrementos queden depositados en las aceras, jardines, parterres o cualquier espacio peatonal, la persona que conduzca al animal está obligada a su limpieza mediante la utilización de los utensilios que procedan. Del
    incumplimiento del presente artículo serán responsables las personas que conduzcan a los animales y, subsidiariamente, los propietarios de los mismos. Bajo ningún concepto los propietarios o poseedores de los perros permitirán que éstos invadan jardines o parterres. Para transitar por sus proximidades, los perros deberán ir obligatoriamente sujetos con correa o cadena.

    Artículo 26.- Las infracciones de lo dispuesto en los artículos 2º, 3º y 4º, serán sancionadas con multas de hasta 250,00€. Todas las demás infracciones serán objeto de multas de hasta 500,00€.

    Para la consulta de la ordenanza accedan al siguiente link: https://www.aytoaguasnuevas.es/homepage/normativa-municipal/category/4-ordenanzas-municipales?start=...


    Adjuntos: