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Subvención, en régimen de concesión directa, a favor de las personas que formalicen nuevos contratos laborales con personas de2020-08-17 14:38:50Info General
Subvención, en régimen de concesión directa, a favor de las personas que formalicen nuevos contratos laborales con personas desempleadas en el ámbito del servicio de hogar familiar. Convocatoria 2020-2021
Objeto:
• Incentivar la contratación de personas desempleadas para la prestación de servicios de hogar familiar, en el sentido y con el alcance contemplado en la normativa de aplicación al sector. Esta medida tiene por objetivo paliar los efectos negativos en el empleo, la productividad y la actividad económica ocasionada por el COVID-19.
Beneficiarios:
• Personas físicas que concierte un contrato laboral en el ámbito de la relación laboral de carácter especial del servicio de hogar familiar de acuerdo con la normativa.
Requisitos previos:
• Además de los requisitos, condiciones y obligaciones genéricas expuestos en las Bases reguladoras del programa, las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
• 1) Encontrarse al corriente de pagos en la Tesorería General de la Seguridad Social, así como con la Agencia Tributaria Autonómica y Estatal.
• 2) No tener otras subvenciones o ayudas percibidas con anterioridad, pendientes de justificar con resolución de reintegro.
• 3) En el supuesto de optar al incremento del 10% de subvención, por la contratación de determinados colectivos, (victimas violencia de género y/o discapacitados igual o superior al 33%), deberá hacerlo constar así expresamente en su solicitud de subvención, y estar en disposición de acreditarlo, de no poderse llevar a cabo la acreditación de oficio, por parte del SCE.
• 4) La relación laboral subvencionada deberá desarrollarse en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
• 5) Solamente se podrá ser beneficiario/a una vez, de la subvención prevista en las presentes Bases.
• 6) Sólo será subvencionable una persona contratada para servicio de hogar familiar, por domicilio familiar
Cuantía:
• 1. La cuantía de la subvención directa a conceder, se obtendrá sumando 100 euros, a la cuantía que sirva de Base de cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes. A tales efectos, se comprobará el importe de la Base de cotización, por medio del examen de una nómina ordinaria de mes completo de la persona trabajadora contratada, presentada en el momento de la solicitud de subvención.
• 2. La subvención a conceder se incrementará en un 10%, en el caso de que la persona desempleada contratada, sea mujer víctima de violencia de género, o persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33%
Modo de presentación: Telemático o presencial.
Plazos:
• Del 17/08/2020 al 31/10/21
En el siguiente enlace podrás encontrar toda la información además de los documentos necesarios ( anexos).
https://sede.gobcan.es/empleo/procedimientos_servicios/tramites/6425
Adjuntos: