• 2021-03-12 19:35:05
    Empleo


    Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 15 de noviembre de 2011.

    Objeto:

    a) Línea I. Ayudas para la contratación inicial indefinida y para la transformación en contratos por tiempo indefinido de contratos temporales de personas trabajadoras con discapacidad.

    b) Línea II. Ayudas para la adaptación de los puestos de trabajo de personas trabajadoras con discapacidad.

    c) Línea III. Ayudas para la contratación inicial indefinida de personas trabajadoras con discapacidad que presentan especial

    Destinatarios:

    Serán beneficiarios de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas que incorporen trabajadores como socios trabajadores o de trabajo en el régimen de Seguridad Social propio de los trabajadores por cuenta ajena, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las uniones temporales de empresas y las entidades sin ánimo de lucro.

    A efectos de este decreto se considerará persona con discapacidad aquella que lo sea conforme a lo dispuesto en el artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

    Requisitos:

    En la línea 1: para la contratación inicial indefinida al amparo de la Línea I, los requisitos específicos establecidos en el artículo 14. a) y para la transformación en contrato por tiempo indefinido de un contrato temporal al amparo de la Línea I, los requisitos establecidos en el artículo 14.b)

    En la Línea 2: para la adaptación de puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal y eliminación de barreras u obstáculos, al amparo de la Línea II, los requisitos establecidos en el artículo 17.

    En la línea 3: para la contratación inicial indefinida al amparo de la Línea III serán las personas trabajadoras con discapacidad, en los términos establecidos en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, los requisitos específicos establecidos en el artículo 20.

     

    Importe:

    Línea I.-

    Las ayudas para la contratación indefinida y transformación de contratos temporales de personas con discapacidad en indefinidos, todos ellos a tiempo completo, consistirán en una subvención de 5.500 euros si la persona contratada es hombre y 6.000 euros si es mujer. Estas cuantías se incrementan en 1.000 euros si concurren alguna de las circunstancias indicadas en el artículo 15.2.

    Línea II.-

    Ayudas para la adaptación, hasta 950 euros por contrato.

    Línea III.-

    Ayudas para la contratación inicial indefinida de personas trabajadoras con discapacidad que presentan especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo procedentes de enclaves laborales: La cuantía de las ayudas será de 8.000 euros si la persona contratada es hombre y 8.500 euros si es mujer, por cada contrato celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa.

    Criterios:

    El sistema de concesión será por concesión directa, la instrucción la realizarán las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Lo resolverá la Delegación Provincial, por delegación, otorgándose según el orden de entrada de las solicitudes, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se acompañe la totalidad de la documentación exigida en cada tipo de ayuda, hasta agotar la disponibilidad presupuestaria que se publicará anualmente mediante resolución.

    Documentación a aportar:

    Junto con el formulario de solicitud donde se acreditará el cumplimiento de los requisitos, se aportará para las 3 líneas de ayuda la siguiente documentación:

    - Escritura pública de constitución y estatutos, en su caso, inscritos en el registro correspondiente.

    - Número de Identificación Fiscal de la entidad solicitante.

    - Si se trata de una persona jurídica, escritura de apoderamiento de la persona que actúa en nombre y representación de aquella.

    - Si se trata de una persona física, documentación acreditativa del poder de su representante, en su caso.

    - Certificado expedido por el organismo competente que acredite el tipo y grado de discapacidad o autorización del trabajador, para cuya contratación se solicita la subvención, para la comprobación de tales datos, mediante la cumplimentación del Anexo IV

    - Autorización del trabajador, para cuya contratación se solicita la subvención, para la comprobación de sus datos laborales mediante la cumplimentación del Anexo IV. En el supuesto de no conceder dicha autorización, se deberá aportar la documentación correspondiente.

    Lugar de presentación:

    Las solicitudes de ayuda se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es/sede/K2P).

    En la línea II, podrán presentarse telemáticamente o en los medios establecidos en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Información Adicional:

    Serán subvencionables las actuaciones incluidas en las distintas líneas, que se realicen en el periodo comprendido entre el día 1 de noviembre de 2020 y el día 31 de octubre de 2021, ambos inclusive En la Línea 1 será subvencionable la contratación inicial por tiempo indefinido de personas trabajadoras con discapacidad y la transformación en contratos por tiempo indefinido de las contrataciones establecidas en el artículo 13 En la Línea 2, será subvencionable la adaptación de puestos o eliminación de barreras u obstáculos, para personas trabajadoras con discapacidad con las que se suscriban los contratos previstos en el artículo 16.1. En la Línea 3, será subvencionable la contratación inicial indefinida con una persona trabajadora con especiales dificultades, prevista en el artículo 19.

    Marco legal:

    DOCM: 10/03/21 Resolución de 01/03/2021, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2021, para la concesión de las subvenciones recogidas en Decreto 25/2020, de 23 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.) 552025.

    TRAMITACIÓN: ONLINE: https://www.jccm.es/sede/ventanilla/electronica/K2D
    MODELOS DEL TRÁMITE: https://www.jccm.es/sede/tramite/K2D

    Adjuntos: