• 2022-01-17 12:36:27
    Info General


    SUBVENCION PARA EL INICIO, MANTENIMIENTO Y CONSOLIDACION DE LA ACTIVIDAD DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTOMOMAS

    Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 30 de junio de 2022

    Objeto: Concesión de ayudas mediante procedimiento simplificado de concurrencia para la concesión de subvenciones públicas para el Inicio, mantenimiento y consolidación de las actividad de las personas trabajadoras autónomas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU y se realiza su convocatoria para el año 2021

    Destinatarios: 

    Para la línea 1: Personas físicas trabajadoras autónomas y sociedades limitadas unipersonales cuando el único socio que la constituya sea una persona física que desarrolle su actividad en la sociedad.

    Para la línea 2: Personas físicas trabajadoras autónomas y sociedades limitadas unipersonales cuando el único socio que la constituya sea una persona física que desarrolle su actividad en la sociedad. Deben realizar su actividad en los municipio o núcleos de población de menos de 2000 habitantes definidos como zonas de intensa despoblación o bien en municipios o núcleos urbanos de población de más de 2000 habitantes, definidos como zonas de extrema despoblación, siempre que en el momento de solicitar la ayuda lleven más de 12 meses de alta en el RETA o en Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente y menos de 36 meses.

    Requisitos: 

    a)  Figurar inscritos en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha, como demandantes de empleo, el día anterior al alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, para las subvenciones de la línea 1.

    b)  Haber causado alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente en el período comprendido entre el 28 de diciembre de 2020 y el día 30 de junio de 2022, y continuar estándolo, ininterrumpidamente, a la fecha de presentación de la solicitud, para las subvenciones la línea 1.

    c)   Encontrarse dado de alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente desde los 12 meses siguientes al inicio de la actividad y continuar estándolo, ininterrumpidamente, a la fecha de la presentación de la solicitud, para las subvenciones de la línea 2.

    Importe: 

    La cuantía de la subvención será a tanto alzado por un importe de 3.000 euros por persona trabajadora beneficiaria de la línea 1, y de 2.000 euros por persona trabajadora beneficiaria de la línea 2.

     

    La cuantía de la línea 1 se incrementará

    a)    en un 20% cuando la actividad se desarrolle en municipios o núcleos de población, definidos como zonas en riesgo de despoblación, y en los municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa población.

    b)    Un incremento del 30% para aquellas solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa despoblación, y en los municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes, definidos como zonas de extrema despoblación.

    c)    Un incremento del 40 % para aquellas solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes, definidos como zonas de extrema despoblación.

    Criterios: 

    Las subvenciones se otorgarán mediante el procedimiento simplificado de concurrencia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación. Las resoluciones de concesión se dictarán por orden de presentación de solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones de concurrencia de la actuación subvencionable hasta agotar el crédito.

    Lugar de presentación: Las solicitudes se presentarán únicamente con firma electrónica mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

    https://www.jccm.es/tramitesygestiones/solicitud-de-subvencion-para-el-inicio-mantenimiento-y-consolidacion-de-la

    Información Adicional:  DIRECCIÓN GENERAL DE AUTÓNOMOS, TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL SERVICIO DE AUTÓNOMOS:   autonomos@jccm.es

    Marco legal: 

    DOCM: 30/12/21 Orden 194/2021, de 27 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el inicio, mantenimiento y consolidación de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU y se realiza su convocatoria para 2021. Extracto BDNS (Identif.): 602681.

    Orden TES/897/2021, de 19 de agosto por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos de inversión "Plan Nacional de competencias digitales" y " "Nuevas Políticas Públicas para un mercado dinámico, resiliente e inclusivo" recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.