• 2018-03-14 14:16:44
    Empleo

    BASES DE LA CONVOCATORIA QUE RIGEN EL PROCESO SELECTIVO PARA LA CONTRATACION DE PERSONAL QUE CUBRA LAS BAJAS PRODUCIDAS POR JUBILACIÓN DURANTE EL AÑO 2016

    Las presentes Bases regirán las pruebas selectivas cuyo objeto es la contratación de personal para cubrir las bajas producidas por jubilación en la empresa municipal, Gestión de Suelo y Vivienda de Valdemoro, S.A., (en adelante GESVIVAL) así como para la creación de una Bolsa de Empleo para cubrir las posibles bajas por IT, vacaciones y circunstancias excepcionales que puedan producirse en el área de mantenimiento, tanto de edificios municipales como de instalaciones deportivas.

    La presente oferta de trabajo está destinada a cubrir los siguientes puestos:

    4 puestos de PEÓN DE SERVICIOS.

    Los trabajos a realizar serán los siguientes:



    Además de todas las funciones propias de un peón de servicios:


    a) Detectar desperfectos y averías e informar de los mismos al responsable del servicio.
    b) Responsables de que tanto las dependencias como las instalaciones estén siempre en perfecto estado de funcionamiento y uso.
    c) Limpieza de las instalaciones o dependencias municipales moviendo, si es necesario, pequeños enseres (papeleras, jardineras,…….)
    d) Vigilancia y custodia de los edificios, instalaciones, mobiliario y máquinas de la instalación.
    e) Control de accesos de las instalaciones, identificando al personal visitante.
    f) Atención e información al público sobre localización de personas, lugares y otros aspectos relacionados con la instalación.
    g) En caso de accidente de usuarios y compañeros, prestar asistencia dentro de las posibilidades que ofrezca el botiquín de la instalación, y dar aviso si fuese necesario al personal especializado (112).
    h) Pequeñas reparaciones o reposiciones de daños o deficiencias de cualquier tipo en las instalaciones.
    i) Preparación de las Instalaciones y equipamientos para su utilización de acuerdo con el plan de actividades.
    j) Y todas las que sean necesarias para el buen funcionamiento de los servicios encomendados y que sean encargadas por los responsables del servicio asignado.



    Dichos trabajos serán realizados en los edificios municipales e instalaciones deportivas de titularidad municipal, y en los horarios establecidos para cada una de las instalaciones, siendo la jornada laboral dividida en turnos de mañana y tarde de lunes a domingo, con el consiguiente establecimiento de los días de libranza cuando corresponda en función del servicio y turno asignado.

    REQUISITOS

    Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o tener permiso de trabajo en vigor en el momento de la presentación a la convocatoria o incorporación a la empresa. Aquellos aspirantes que no tengan la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano mediante el sistema que determine el tribunal de selección.

    Tener cumplidos los 16 años y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación.

    Estar en posesión del Certificado de Escolaridad o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que acabe el plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

    Para las personas aspirantes con discapacidad igual o superior al 33%, un certificado del Organismo Oficial competente sobre las condiciones personales de aptitud y capacidad física para ejercer las funciones correspondientes al puesto de trabajo al que se opta, debiendo aportar dictamen técnico facultativo. Para estos aspirantes, y siempre que lo indiquen en la solicitud de participación de esta convocatoria, se establecerán las adaptaciones posibles, en tiempo y medios para la realización de las pruebas de aptitud.

    No haber sido separado o despedido, mediante expediente disciplinario, de ninguna administración, entidad o empresa integrada en el sector público, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia judicial firme, excepto aquellos casos en los que en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el despido haya sido declarado improcedente por sentencia judicial firme.

    No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida o sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones y tareas.

    Los aspirantes deberán reunir los requisitos indicados dentro del plazo de presentación de solicitudes, manteniendo dichos requisitos íntegramente en el momento de la contratación.

    SOLICITUDES

    Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo establecido que será facilitado en la oficina de GESVIVAL, sita en la Plaza de la Constitución, 7 (edificio Torre del Reloj) Valdemoro (Madrid) en horario de 9,00 h. a
    14,00 h.



    El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir de la publicación de la convocatoria en el BOCM, también se publicara en el tablón de anuncios del edificio de la Torre del Reloj (Pza. de la Constitución, 7) y en la página WEB de GESVIVAL.

    Las solicitudes presentadas deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

    1.- Fotocopia del DNI o, en caso de no ser español, del documento oficial acreditativo (NIE, pasaporte o tarjeta de residencia).

    2.- Titulación académica requerida para el puesto de trabajo ofertado. (Certificado de Escolaridad o equivalente).

    3.- Para las personas con discapacidad igual o superior al 33%, un certificado del correspondiente organismo público que certifique que dicha minusvalía no impide la realización del trabajo al que se opta.

    4.- Documentación acreditativa de los méritos que se alegan (vida laboral, títulos o certificados de realización de cursos, etc.)

    5.- Currículum vitae.

    6.- Toda la documentación será presentada en fotocopias.

    ADMISIÓN DE ASPIRANTES

    Terminado el plazo de presentación de solicitudes, y una vez examinadas las mismas, GESVIVAL S.A. publicará en la página WEB y en el tablón de anuncios del edificio de la Torre del Reloj, la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos en los puestos ofertados, en el caso de los excluidos se especificara las causas de exclusión.

    Los aspirantes excluidos dispondrán de un periodo de 5 días hábiles a partir de la publicación de las listas para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión, aquellas que no sean subsanadas dentro del plazo fijado no serán admitidas y por tanto el aspirante mantendrá su condición de excluido.

    Después de la fecha límite establecida para presentar las posibles alegaciones, y una vez estudiadas las mismas, se publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos (indicando el motivo de exclusión) en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en la página WEB de GESVIVAL y en el tablón de anuncios del edificio de la Torre del Reloj. En esta publicación figurará la fecha, la hora y el lugar en el que tendrá lugar la primera prueba de este proceso de selección que se celebrará veinte días hábiles después de la publicación.

    El Tribunal Calificador estará formado a propuesta del Consejo de Administración, será paritario, y tendrá la siguiente composición:

    1 Presidente.
    1 Secretario (con voz pero sin voto)
    3 Vocales.

    De los tres vocales, dos serán representantes de los trabajadores nombrados por el Comité de Empresa, y un técnico de la empresa o del área municipal de la que dependerán.

    La composición del tribunal será predominantemente técnica.

    Para todos los miembros del tribunal se designarán suplentes que sustituirán en caso de necesidad a los miembros titulares del tribunal.

    El tribunal de selección no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y estén presentes, al menos, la mitad más uno de los miembros titulares o suplentes indistintamente.

    El tribunal podrá incorporar a sus trabajos a cuantos asesores especialistas consideren oportunos, con voz y sin voto.

    En las reuniones, podrán participar como observadores, con voz pero sin voto, un representante de cada una de las secciones sindicales con representación en el Comité de Empresa y un representante de cada uno de los grupos políticos que forman el Consejo de Administración de GESVIVAL.

    SISTEMA DE SELECCIÓN

    La selección del personal constará de dos pruebas, una teórica y una práctica, a la puntuación obtenida en ambas se sumara la puntuación obtenida en la valoración de méritos.

    PRUEBA TEÓRICA.-

    La prueba teórica se realizará después de 20 días hábiles a contar desde la fecha en la que se publique la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

    Todos los aspirantes admitidos quedarán citados en el lugar, fecha y hora elegidos para la realización de la prueba, dicha información constará en el anuncio en el que se publique la lista definitiva de admitidos.

    Los aspirantes que no comparezcan a esta prueba serán excluidos, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, en todo caso, la exclusión tendrá lugar cuando el ejercicio sea simultáneo e igual para todos los aspirantes.

    El Tribunal, en cualquier momento, podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

    El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de una hora.

    Durante el desarrollo de los ejercicios no se permitirá el uso de teléfonos móviles ni de cualquier otro sistema que permita comunicarse con el exterior, la utilización de los mismos sería motivo de exclusión de la prueba.

    Para la elaboración del cuestionario tipo test que habrán de responder los aspirantes, el Tribunal se reunirá inmediatamente antes de su realización, confeccionando un original de la prueba que quedara bajo custodia del secretario de dicho tribunal, y será éste el que se encargue de realizar cuantas copias sean necesarias para distribuirlas entre los aspirantes admitidos que vayan a realizar la prueba.

    La prueba teórica consistirá en contestar por escrito un cuestionario compuesto por “veinte preguntas” tipo test, relacionadas con el conocimiento en materia del puesto de trabajo al que se opte. Las preguntas tipo test serán obtenidas del libro “Ayudantes de Oficios, Peones Especializados: Corporaciones Locales: Temario y Cuestionarios (Emmanuel Carrere) Centro de Estudios Adams.” ISBN: 978-84-15393-96-2.

    Se calificará de 0 a 10 puntos; cada respuesta correcta será de 0,5 puntos, y la incorrecta o no contestada restarán 0,25 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de
    5 puntos para pasar a la siguiente prueba.

    El resultado de esta prueba será publicado en la página WEB de GESVIVAL y en el Tablón de Anuncios del edificio de la Torre del Reloj (sede de la empresa). En dicha publicación constará el listado de aspirantes que la hayan superado y la fecha, hora y lugar elegido para la realización de la prueba práctica.

    PRUEBA PRÁCTICA.-

    La prueba práctica se realizará en la fecha, hora y lugar establecido en la publicación de la lista de aspirantes admitidos y publicada en la página WEB y en el Tablón de anuncios de la sede de la empresa, situado en el edificio de la Torre del Reloj (Pza. de la Constitución, 7)

    La prueba práctica será a propuesta del Tribunal, y estará relacionada con el puesto de trabajo al que se opta.

    La calificación de la prueba práctica será de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para pasar a la siguiente prueba.

    VALORACIÓN DE MÉRITOS.

    Sólo a los aspirantes que hayan superado las pruebas teórica y práctica se les valorarán los méritos aportados en la documentación aportada.




    Sólo se valorará la experiencia profesional y la formación en puestos similares que figuren en la VIDA LABORAL del aspirante y que, por tanto, puedan ser acreditadas; y en los certificados de los títulos aportados. No serán tenidas en cuenta las referencias manifestadas en el currículum vitae que no estén incluidas en la vida laboral y/o en el titulo o certificado del curso correspondiente.

    En ambos casos la valoración será la siguiente:

    1.- Experiencia profesional.- La experiencia en puesto de trabajo en categoría equivalente a la convocada se valorará:

    a) A razón de 0,5 puntos por año de servicios o fracción superior a seis meses en el sector público.

    b) A razón de 0,3 puntos por año de servicios o fracción superior a seis meses en el sector privado.

    En ningún caso la puntuación por experiencia profesional podrá exceder de “4 puntos”

    2.- Formación.- Los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por centros oficiales, el Ayuntamiento de Valdemoro, demás Administraciones públicas y centros o entidades acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas directamente relacionados con las funciones de la categoría convocada, se valorara a razón de:

    a) A partir cincuenta a ochenta horas: 0,3 puntos.

    b) De ochenta y una a ciento cincuenta horas: 0,4 puntos.

    c) Más de ciento cincuenta horas: 0,5 puntos.

    Los cursos se acreditarán mediante la presentación de los correspondientes diplomas, títulos o certificados.

    En ningún caso la puntuación por cursos de formación podrá exceder de “2 puntos” CALIFICACIÓN DE LAS PRUEBAS
    La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos en los ejercicios teórico y práctico más los obtenidos en la valoración de méritos.

    El total de puntos obtenidos por cada aspirante determinará el orden en la lista definitiva de candidatos aprobados.



    En caso de empate entre alguno de los candidatos, se seguirán los siguientes criterios para resolverlos, por orden de preferencia:

    a) Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el ejercicio teórico.
    b) Si persistiera el empate, el que haya obtenido mayor puntuación en la valoración de méritos.
    c) En caso de mantenerse el empate, se realizaría un sorteo público por insaculación.

    CONTRATACIÓN

    Finalizada la calificación, el tribunal hará pública en la página WEB y en el tablón de anuncios de GESVIVAL, la relación definitiva de aspirantes, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones obtenidas en cada prueba y el resultado final de los aspirantes que hayan superado todas las pruebas.

    La relación definitiva de aprobados será elevada por el tribunal al Consejo de Administración, con los aspirantes propuestos para su contratación como personal laboral indefinido de la plantilla de GESVIVAL.

    El tribunal no podrá declarar como aprobados ni proponer a un número mayor de aspirantes que el de plazas a cubrir. A estos efectos, los aspirantes a proponer por el tribunal serán los que obtengan mayor puntuación, en orden decreciente, hasta alcanzar un número igual al de plazas a cubrir.

    En el plazo de quince días naturales, a contar desde la publicación de la relación de aprobados, los aspirantes que figuren en la misma deberán presentar en GESVIVAL los siguientes documentos:

    a) Fotocopia compulsada del DNI o Pasaporte.

    b) Fotocopia compulsada del título exigido o equivalente.

    c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas mediante sentencia judicial firme.

    d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que imposibilite para el desempeño de las funciones propias de la plaza convocada.

    e) Los aspirantes con minusvalía deberán aportar certificación expedida por los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, en la que se acredite la calificación de la minusvalía así como el grado de la misma, así como la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.


    Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en estas bases, no podrán ser contratados y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

    Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Consejo de Administración, resolverá la contratación. Los aspirantes seleccionados deberán formalizar su contratación en el plazo máximo de un mes, contados a partir de la notificación de la resolución de contratación.

    El aspirante que no materialice su contratación en el plazo señalado, sin causa justificada, decaerá en todo derecho que pudiera haber adquirido.

    En caso de renuncia de cualquiera de los cuatro primeros aspirantes admitidos, el interesado deberá presentarla por escrito en un plazo no superior a 24 horas, desde la fecha de publicación. En este caso, la lista variaría el orden, y la contratación correspondería al siguiente en la lista de reserva confeccionada para tal fin.

    Bolsa de reserva.

    Con el fin de cubrir las posibles incidencias futuras se establecerá una bolsa de reserva de quince aspirantes que hayan superado todas las pruebas y que figuraran en el listado de aspirantes aprobados.

    Esta Bolsa de Reserva quedará activada durante un periodo de tres años, a contar desde su formalización y servirá para cubrir las bajas por IT, vacaciones, bajas de maternidad o paternidad, y circunstancias excepcionales que puedan producirse en el área de mantenimiento deportivo y mantenimiento de edificios en la prestación de los servicios encomendados por el Ayuntamiento de Valdemoro.

    Los contratos realizados con motivo de los supuestos anteriores tendrán una duración temporal, dicha duración vendrá marcada en función de las circunstancias de cada uno de los supuestos reflejados, causando baja cuando la circunstancia que ha motivado dicho contrato desaparezca o finalice.

    El mínimo de cada sustitución será de 6 meses y éste tendrá prioridad frente a los siguientes de la lista al menos hasta que no haya cumplido ese periodo de sustitución. (a este trabajador se le llamaría cada vez que fuese necesario hasta que la suma de sus contratos de sustitución por cualquiera de los motivos expuestos sea de al menos 6 meses)

    BASES APROBADAS POR EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD EN REUNIÓN DE FECHA 23 DE FEBRERO DE 2018.





    Adjuntos: