• 2018-07-20 14:35:01
    Empleo

    ¿Qué es?
    El programa es una intervención paliativa del Gobierno de Castilla-La Mancha, destinada a combatir el desempleo de larga duración y a prestar atención a las personas con menor empleabilidad.
    Se pretende que este programa no se limite a la subvención de una contratación temporal más, sino que la experiencia laboral permita en muchos casos obtener las competencias necesarias para la adquisición de Certificados de Profesionalidad o títulos de formación profesional asociados al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

    ¿Cuál es el objetivo?
    La finalidad de estas subvenciones es crear oportunidades de inserción en el mercado laboral, mediante la contratación temporal, para la ejecución de proyectos de interés general y social, de personas desempleadas que hayan agotado sus prestaciones y extinguido su derecho a un subsidio u otro tipo de protección frente al desempleo en Castilla-La Mancha, actualizar o renovar sus competencias profesionales y prevenir el riesgo de exclusión social.

    ¿A quién va dirigido?
    Los contratos se realizarán a las personas que cumplan los siguientes requisitos:

    1. Las contrataciones subvencionables deberán formalizarse con personas incluidas en alguno de los siguientes colectivos:
    a) Demandantes de empleo inscritos en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha en la fecha del registro de la oferta, que hayan permanecido inscritos al menos 12 meses dentro de los 18 meses anteriores a dicha fecha y que, en el momento de su contratación, estén desarrollando o hayan desarrollado un itinerario personalizado, siempre que pertenezcan a alguno de estos grupos:
    1º. Demandantes de empleo no ocupados, entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que no sean perceptores de prestaciones por desempleo o que sean perceptores de protección por desempleo, excepto en su nivel contributivo.
    2º. Demandantes de empleo, no ocupados, menores de 25 años o mayores de 65 años, en las mismas condiciones que el párrafo anterior, cuando tuvieran responsabilidades familiares o cuando hayan sido priorizadas por las oficinas de empleo.
    3º. Demandantes de empleo, no ocupados, entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que hayan cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al menos veinticuatro meses y que estén inscritos como demandantes de empleo no ocupados en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, que hayan agotado su prestación por cese de actividad o una prestación por desempleo a nivel contributivo, en el momento de la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.
    4º. Demandantes de empleo, no ocupados, que, conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas, que hayan estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes.
    b) Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que, a la fecha del registro de la oferta, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.
    c) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género, que estarán excluidas del requisito de inscripción en una oficina de empleo en la fecha del registro de la oferta; aunque sí deberán estar inscritas como desempleadas no ocupadas, en el momento de la contratación. Se reserva para este colectivo un mínimo del 15% de los contratos a celebrar con los colectivos incluidos en este apartado 1, salvo que no exista un número suficiente de mujeres para alcanzar dicho porcentaje o la entidad no fuera beneficiaria de un número de contratos suficiente para aplicar dicho porcentaje, en cuyo caso, las mujeres integrantes de este colectivo tendrán preferencia, si tienen el perfil del puesto de trabajo a cubrir, con arreglo a la oferta de empleo presentada por la entidad beneficiaria.
    2. Se reserva el 25% de la totalidad de los contratos subvencionados a cada entidad beneficiaria, para personas en situación de exclusión social que, con anterioridad a su contratación, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.
    La Consejería competente en materia de asuntos sociales comunicará a la Dirección Provincial correspondiente de la Consejería competente en materia de empleo, la relación de personas a las que hace referencia el párrafo anterior. Por su parte, la Dirección Provincial remitirá dicha relación a las entidades beneficiarias, con objeto de que procedan a su contratación.
    Las plazas no utilizadas en esta reserva serán ocupadas por las personas que cumplan los requisitos del apartado 1 de esta disposición.
    3. No obstante las priorizaciones establecidas en los apartados anteriores, podrán participar otras personas inscritas en la oficina de empleo de referencia, como demandantes de empleo no ocupadas, siempre que en el ámbito territorial de actuación de la entidad no existieran personas pertenecientes a los colectivos indicados en los apartados anteriores.

    ¿Qué obligaciones tienen los participantes?
    1. Son obligaciones de las personas participantes:
    • Participar de forma activa en las acciones de motivación, orientación o formación que se le propusieran durante el contrato temporal, por parte de la entidad beneficiaria o el servicio público de empleo.

    • No rechazar o desatender de forma injustificada ninguna actividad propuesta desde el servicio público de empleo.

    • Aportar la documentación e información que se le requiera, a los efectos de su participación en los proyectos objeto de subvención.

    El incumplimiento de las obligaciones o el falseamiento de cualquier información suministrada previamente a la contratación dará lugar a la expulsión del programa y podrá suponer, en su caso, el inicio del correspondiente procedimiento sancionador, conforme lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

    ¿Qué proyectos se van a realizar en Alameda de la Sagra?

    Se van a llevar a cabo cinco proyectos que son los siguientes:

    1. Construcción, rehabilitación y reparación de infraestructuras y edificios municipales (Fase 1)
    2. Mantenimiento y conservación de Centro Educativo
    3. Limpieza y mantenimiento del municipio (Fase1)
    4. Construcción, rehabilitación y reparación de infraestructuras y edificios municipales (Fase 2)
    5. Limpieza y mantenimiento del municipio (Fase2)

    ¿Cuántas personas se van a contratar?

    Se van a contratar 28 personas.

    ¿En qué categorías profesionales?

    - Oficiales de primera de construcción
    - Peones de usos múltiples

    ¿Cómo serán los contratos?

    Todos los contratos serán contratos por obra y servicio, con una duración de 6 meses, a tiempo completo.

    ¿Cómo se financia el Plan de Empleo en Castilla-La Mancha?

    Las entidades que cofinancian este Plan son las siguientes:

    • Fondo Social Europeo
    • Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
    • Diputación de Toledo
    • Ayuntamiento de Alameda de la Sagra








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