• 2020-05-20 18:21:37
    Info General

    ¿QUÉ PRORROGA TENDRÉ PARA PASAR LA INSPECCIÓN?

    Según la Orden ministerial que se ha publicado en el BOE de 16 de mayo, Sanidad amplia la prórroga de validez de la ITV a vehículos a los que les caduca durante el estado de alarma en quince días naturales por cada semana transcurrida desde el comienzo de ese período hasta que se hubiera producido el vencimiento.

    Esta medida entra en vigor el sábado 16 de mayo y tiene como objetivo que todos los vehículos puedan pasar la Inspección Técnica de Vehículos de forma escalonada para evitar la saturación de las estaciones ITV, dado que se han acumulado un gran número de vehículos con la ITV caducada.

    El pasado 6 de abril se dictaba la Orden SND/325/2020 con la que se establecía una prórroga a los vehículos cuya ITV vencía durante el estado de alarma, de 30 días naturales posteriores a la finalización del estado de alarma.
    Y ahora, con el objetivo de que, todos los vehículos que han quedado pendientes tras la declaración del estado de alarma, puedan pasar la inspección cuya validez expira en los próximos meses, es necesario ampliar de modo escalonado la prórroga automática establecida en la Orden del 6 de abril, y adoptar medidas en relación con la cumplimentación de las tarjetas ITV.

    ESTA ORDEN MINISTERIAL DICTA:

    Ampliación de la prórroga de la validez del certificado de inspección técnica periódica de los vehículos.

    El plazo de validez de los certificados de inspección técnica periódica de los vehículos cuya fecha de próxima inspección se encontrara comprendida en el período de vigencia del estado de alarma, previsto en el apartado primero de la Orden SND/325/2020, de 6 de abril, por la que se establecen criterios interpretativos y se prorroga la validez de los certificados de verificaciones y mantenimientos preventivos establecidos en la regulación de seguridad industrial y metrológica, se amplía en quince días naturales por cada semana transcurrida desde el inicio del estado de alarma hasta que se hubiera producido el vencimiento del certificado, conforme a lo dispuesto en el cuadro que acompaña a esta publicación.

    Por tanto, la prórroga a los vehículos que les caducó o caducará la ITV durante el estado de alarma para que consigan pasarla sin que puedan ser multados, se ha basado en un método de prórrogas por tramos, para intentar evitar aglomeraciones y el colapso de las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos según el cuadro de prórrogas, que como hemos apuntado anteriormente, y que adjuntamos a la presente publicación.

    Así, para que se entienda mejor, estas prórrogas solo se aplican a los vehículos cuya inspección caduque durante el estado de alarma. Y una vez finalizado éste, se aplica la prórroga de 30 días prevista en la Orden SND/325/2020.
    A estos primeros 30 días, se le añaden períodos de 15 días por cada semana transcurrida desde el inicio del estado de alarma (el 14 de marzo).

    En el caso de los vehículos agrícolas, tendrán una prórroga de la ITV hasta el 10 de noviembre de 2020.

    NUEVA VALIDEZ:

    En los casos de los vehículos que pasan la inspección con la prórroga, la fecha para la próxima inspección se contabilizará teniendo en cuenta la fecha de expiración que consta en la Ficha Técnica, y no la fecha en la que pasa la inspección.

    Sírvase de ejemplo el caso práctico que ofrecemos:

    Tomemos como referencia un turismo de 4 años, cuya periodicidad es de 2 años, y consideramos que el estado de alarma finalizaría el 14 de junio y pasa la ITV el 12 de junio.

    A este turismo le caducó la ITV el 28 de marzo de 2020 y la pasa, en esta situación, el 12 de junio.

    Entonces, tendrá una prórroga de 30 días 3 x 14 días. En total tendrá una prórroga para poder pasar la inspección periódica de 75 días naturales contando desde el 14 de junio, es decir tendrá de plazo hasta el 28 de agosto.

    Po tanto, la caducidad para la próxima inspección será el 28 de marzo del año 2022




    Adjuntos: