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SUBVENCIONES económicas individuales dirigidas a personas, mayores o con discapacidad y que tengan resolución de dependencia2025-03-17 11:00:47Info General
Ayudas económicas individuales dirigidas a personas, mayores o con discapacidad y que tengan resolución de dependencia, a fin de favorecer su autonomía personal, garantizándoles la realización de actividades básicas de la vida diaria y la máxima integración, mejorando su bienestar y favoreciendo su movilidad, comunicación y participación en la vida social y económica de su entorno.
Podrán obtener las ayudas que se gestionan a través de la presente convocatoria las personas físicas que cumplan las siguientes condiciones a la fecha de presentación de la solicitud: a) Tener reconocida situación de dependencia mediante resolución del órgano autonómico competente. No obstante, al tratarse de una convocatoria abierta con varias resoluciones parciales, por el principio de conservación de actos, se entenderá cumplido este requisito si, posteriormente a la solicitud de la ayuda se reconociera la situación de Dependencia mediante la Resolución correspondiente, siempre que ésta se produzca antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria. Este extremo será comprobado de oficio por el personal técnico del Área de Servicios Sociales e Igualdad de Oportunidades. b) Tener cumplidos los 65 años o tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. c) No haber sido beneficiario de las ayudas objeto de la presente convocatoria en las correspondientes a los años 2023 y/o 2024, salvo que se trate de menores con discapacidad. d) Estar empadronado y residir efectivamente en domicilio particular de un municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes con al menos 6 meses de antelación a la fecha de presentación de la solicitud. Si de la investigación social se deduce que la persona, a pesar de estar empadronada en un municipio de menos de 20.000 habitantes, no reside efectivamente en ese municipio, u otro de la provincia de Valladolid menor de 20.000 habitantes y la unidad de convivencia de la persona solicitante se encontrara en un CEAS correspondiente a otro municipio de más de 20.000 habitantes, no se entenderá cumplido el requisito para ser beneficiaria. e) Que la renta anual de referencia de la persona solicitante no supere 3 veces el importe anual del Indicador Público de Referencia de Efectos Múltiples (IPREM). La renta de referencia será la determinada en el Informe de Capacidad Económica contenido en el correspondiente expediente de dependencia del solicitante. No obstante, tratándose de menores de edad se considerará renta de referencia la correspondiente a su unidad familiar, considerándose como tal la formada por sus padres y hermanos que convivan en el domicilio. En este caso, la renta de referencia se calculará sumando la totalidad de los ingresos de la unidad familiar del año 2023 dividida por el número de miembros computables a razón de uno los dos primeros miembros y 0,3 los restantes. Para la determinación de los ingresos de la unidad familiar se computará la base imponible general y la base imponible del ahorro de todos los miembros que hayan presentado la Declaración de IRPF de 2023. En el supuesto de que no hayan presentado la declaración de IRPF de 2023, los datos se obtendrán del certificado de imputaciones del IRPF de 2023. f) En el caso de que la ayuda solicitada implique la realización de obras y/o adquisición de equipamiento o elementos permanentes para la vivienda, será necesario: 1- Que se trate de la vivienda habitual de la persona solicitante y residir efectivamente en la misma. 2- Que la vivienda esté arrendada por la persona solicitante o le pertenezca en propiedad o usufructo, o a su cónyuge o pareja de hecho, o a un familiar hasta el 2° grado por consanguinidad o afinidad. 3- Que la vivienda esté ubicada en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes. g) Que las ayudas solicitadas estén directamente relacionadas con la situación de dependencia y favorezcan la autonomía personal de la persona mayor o con discapacidad. En el caso de que la persona solicitante sea usuaria del Servicio de Ayuda a Domicilio de la Diputación de Valladolid, y la solicitud se refiera a la adquisición de dispositivos que constituyan ayudas técnicas o a pequeñas adaptaciones del hogar, se podrá derivar la petición al programa de Ayuda a Domicilio, dado que la empresa que presta el servicio tiene habilitado un fondo económico para este fin.