• 2022-08-29 12:29:26
    Info General

    BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS A UNIDADES FAMILIARES O DE CONVIVENCIA RESIDENTES EN MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID DE MENOS DE 20.000 HABITANTES, PARA HACER FRENTE AL COSTE DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO.
    El importe máximo de la ayuda por solicitante será de doscientos euros (200 €).
    El importe de la ayuda se reducirá al 90% del coste real del suministro eléctrico en el periodo comprendido durante los meses de octubre a diciembre de 2021 y de enero a mayo de 2022, cuando éste sea inferior a 200,00 €.

    Podrán ser beneficiarios de las ayudas los titulares del contrato de suministro que, formando parte de una unidad familiar o de convivencia cumplan los siguientes requisitos:
    a) Estar empadronado/a en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes, desde, al menos, el 1 de enero de 2021
    b) Que el suministro eléctrico se preste en una vivienda ubicada en un municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes y que dicha vivienda constituya la residencia habitual y permanente del solicitante de la ayuda.
     c) Que el solicitante de la ayuda sea titular del contrato de suministro. A los presentes efectos se considerará como titular del suministro:
     - A la persona física que ha suscrito el contrato de suministro con la compañía suministradora.

    - A la persona física que tiene la vivienda arrendada. En el supuesto de arrendamiento de vivienda en el que el contrato de suministro eléctrico haya sido suscrito por el arrendador, podrá ser beneficiario el arrendatario, previa acreditación de la obligación de pago, y efectivo abono, de las facturas generadas por el suministro eléctrico. Acreditará el carácter de arrendatario y obligación de pago con la presentación de contrato de arrendamiento vigente; el pago efectivo del suministro se acreditará con los recibos o facturas abonadas emitidas por el arrendador u otro documento justificativo del gasto admisible en derecho.

    d) Que los ingresos anuales de la unidad familiar o de convivencia no superen la cuantía equivalente a 1,5 veces el IPREM anual. Teniendo en cuenta que el IPREM anual para el año 2022 es de 8.106,28 euros, dicho umbral de renta para la unidad familiar de un solo miembro será de 12.159,42 euros.

    Este umbral se incrementará en un porcentaje por cada miembro adicional (20% por el primer miembro, 10% por el segundo y 5% por el tercero y siguientes) hasta un límite máximo del 2,5 veces el IPREM anual por unidad familiar (20.265,70 €).
    e) Que el solicitante de la ayuda haya realizado el efectivo pago del importe del suministro eléctrico correspondiente a las mensualidades de los meses de octubre a diciembre de 2021 y de enero a mayo de 2022.

    Serán subvencionables los gastos realizados para el pago del suministro eléctrico de la vivienda habitual y permanente del solicitante en el periodo comprendido entre los meses de octubre a diciembre de 2021 y de enero a mayo de 2022.

    El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 23 de septiembre de 2022, incluido.













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