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BANDO MUNICIPAL2020-03-14 16:53:19INFORMACION GENERAL
EL ALCALDE DE ALGIMIA DE ALMONACID INFORMA.
El Gobierno de España limitará a partir del próximo lunes a las 08:00 horas la libre circulación de los ciudadanos en todo el Estado como medida para frenar la expansión del coronavirus.
Así se refleja en el borrador del real decreto que está discutiendo este sábado el Consejo de Ministros extraordinario, que sólo permitirá los movimientos en determinados casos concretos.
En concreto, el decreto establece que las personas sólo podrán circular "por las vías de uso público" en ocho supuestos, entre los que se encuentra la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
Asimismo, se permite salir a la calle para asistir a centros sanitarios, para desplazarse al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial, o para volver al lugar de residencia habitual.
También se permite salir para la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, para acudir a entidades financieras, "por causa de fuerza mayor o situación de necesidad", o para "cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada”.
Todas estas restricciones en la circulación serán efectivas a partir de las 8:00 horas del lunes 16 de marzo, aunque el resto de medidas del decreto sí entrarán en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Limitación de desplazamientos en coche
Asimismo, el Gobierno limita la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público, y sólo permitirá este tipo de desplazamientos para la realización de las actividades anteriormente mencionadas, o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.
Además, el Gobierno señala que incluso en los desplazamientos permitidos, los ciudadanos deberán respetar "las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias".
En este sexto artículo del real decreto también se otorga al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, el control de las policías autonómicas y locales en aplicación del estado de alarma para hacer frente a la expansión del brote de coronavirus (Covid-19) y tendrá así la capacidad de "acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos".
En Gobierno avisa que "la ciudadanía tiene el deber de colaborar y no obstaculizar la labor de los agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones". Además, fija que las comunidades autónomas con policía propia, como Cataluña o País Vasco, establecerán mecanismos de coordinación a través de las Juntas de Seguridad.
Por otra parte, el real decreto señala que queda exento de someterse a estas limitaciones a la libertad de circulación "el personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España".