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Plan Periurbano de Prevención de Incendios2024-06-04 10:17:13Medio Ambiente
CON CARACTER DE URGENCIA Y A LA VISTA DEL ÚLTIMO ACONTECIMIENTO ACAECIDO EN ESTE MUNICIPIO.
SE RECUERDA EL BANDO PUBLICADO EL 19/04/2024:
"Se pone en conocimiento de todos los propietarios de parcelas rústicas y de solares en casco urbano, que de conformidad con la normativa autonómica, de conformidad con la normativa Estatal del Suelo, así como la normativa regional de prevención y lucha contra incendios forestales.
Los propietarios están obligados a mantener las parcelas rusticas y los solares urbanos en condiciones de seguridad, en perfecto estado de salubridad y de limpieza.
Se establecen, en el decreto 260/2014 de 2 de diciembre, por el que se regula la prevención de incendios forestales en la Comunidad de Extremadura, las siguientes medidas:- Una franja circundante a los edificios y elementos vulnerables despejada de vegetación inflamable en el suelo, desbrozada, aclarada y podada, en orden a suprimir o reducir el riesgo de alcance intenso por llamas y pavesas.
- La eliminación o poda del arbolado que suprima el riesgo de caídas de material leñoso sobre cubierta o tejados
- Las características mínimas de anchuras en los viales y sus condiciones para acceso y el transito rodado; las vías de interconexión y escape; los sobreanchos en caminos estrechos y volvederos en los caminos sin salidas; así como las conexiones o accesos al agua para los medios de extinción en el entorno objeto de autoprotección.
- Otras medidas de aplicación directas relativas a: las instalaciones o dispositivos con riesgo de incendios, propagación a afección por riesgo de incendios forestales.
El Ayuntamiento, previo requerimiento al propietario incumplidor, podrá adoptar las medidas precisas para la observancia de esta obligación con cargo al propietario y sin perjuicio de las sanciones y demás medidas que procedan.
Lo que se hace público para general conocimiento. Con el fin de que los titulares de las parcelas afectadas tomen las medidas pertinentes."