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PROGRAMA COLABORACIÓN ECONOMICA MUNICIPAL DE EMPLEO 2025, (PCEME 2025), REQUISITOS PARA LAS CONTRATACIONES2025-04-08 09:32:21Info General
Con fecha 8 de abril de 2025, la Junta de Extremadura, Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital publicó, en el Diario Oficial de Extremadura, la RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2025, del Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 1 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal de Empleo 2025 (PCEME 2025)
Este programa financia a los ayuntamientos para que puedan contratar personas desempleadas y en Aliseda se viene realizando contrataciones durante años pasados, en base a este programa, cómo: Peones Mantenimiento, Personal Limpieza, Ordenanzas, Auxiliares Administrativos, Promotores Culturales, etc.
Este año, hay novedades en cuanto a las características de las personas objeto de las contrataciones.
En la base Quinta “Destino de las transferencias” página 18658, indican las características de las personas que serán objeto de las contrataciones a cargo de dicho programa, cómo resumen:
"Las personas contratadas deberán estar inscritas en el SEXPE como demandantes de empleo desempleadas y cumplir los siguientes requisitos:
1. Tener finalizado un itinerario personalizado de inserción (IPI) dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de realización de sondeo para la cobertura de la oferta de empleo.
2. Ser persona perceptora de prestación o subsidio protector de la situación de desempleo, a la fecha de realización de sondeo para la cobertura de la oferta de empleo.
Siempre que cumplan los requisitos anteriores, las entidades podrán determinar, a su elección, la contratación de personas pertenecientes a alguno de los colectivos prioritarios indicados a continuación o desempleadas en general, comunicándolo en la oferta de empleo correspondiente:
— Personas desempleadas de larga duración (PLD). Tendrá tal consideración quien en los 540 días anteriores a la fecha de realización del sondeo correspondiente haya estado inscrita como demandante de empleo desempleada al menos 360 días.
— Menores de 30 años.
— Mayores de 45 años.
En el supuesto de que la entidad hubiera determinado en la oferta un colectivo prioritario y no hubiera personas demandantes pertenecientes al mismo que cumplieran los requisitos, podrá elegir otro colectivo u optar por la contratación de personas desempleadas que cumplan ambos requisitos.
Si en alguna localidad no hubiera personas demandantes que cumplan los requisitos establecidos, podrán ser contratadas las personas inscritas como desempleadas en general, pudiendo igualmente optar la entidad por determinar alguno de los colectivos señalados anteriormente.
Las entidades podrán solicitar un máximo de diez personas por puesto ofertado.
En la oferta las entidades, además, harán constar:
— El colectivo elegido, en caso de haber optado por ello.
— Criterio de ordenación de las personas preseleccionadas:
• Fecha de inscripción.
• Tiempo ininterrumpido en desempleo.
— Procedimiento de selección:
• Orden establecido en el listado definitivo de personas preseleccionadas por el SEXPE.
• Realizar pruebas de mayor adecuación al puesto, o
• Aplicar sus propias estrategias de empleo.
— Constitución de lista de espera".
Puede ver toda la resolución en el siguiente enlace:
https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/680o/25061368.pdf
Ante esta nueva situación, es recomendable, que las personas interesadas en venir en los listados de preselección del SEXPE, se acerque al Centro de Empleo y se informen si tienen realizada el itinerario personalizado de inserción (IPI) en los doce últimos meses, y, en caso de no tenerlo, solicitar hacerlo.