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Información sobre la obligatoriedad de registrar las gallinas que se tienen para autoconsumo de su producción de huevo2025-03-28 11:54:27Info General
Efectivamente, la obligatoriedad de registrar la tenencia de aves (ya sean gallinas, pavos, patos, palomas…) para autoconsumo viene regulada con la publicación del RD 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de las explotaciones avícolas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible. Como veis es una normativa del año 2021, pero ahora ha saltado la noticia y es cuando los ciudadanos han tenido conocimiento de ello.
De este Real Decreto se concluye que SÍ es obligatorio presentar una Comunicación para registrar las aves de autoconsumo.
Esta comunicación deberá presentarse o bien en las ventanillas únicas de la administración o en la OVZ correspondiente, dirigidas al ILMO/A SR/A. DIRECTOR/A GENERAL DE AGRICULTURA Y GANADERÍA. SERVICIO DE SANIDAD ANIMAL.
Os envío el modelo de la Comunicación previa a presentar.