• 2024-12-26 09:30:00
    Bienestar Social

    A través del Programa de Termalismo del Imserso el Estado español proporciona a los/las pensionistas que por prescripción facultativa precisen los tratamientos que se prestan en los balnearios y que reúnan determinados requisitos:
    - Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social español.
    - Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
    - Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
    - Ser persona asegurada o beneficiaria del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.

    Las personas usuarias de plaza deben reunir los siguientes condiciones:
    - Poder valerse por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria (ABVD).
    - Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
    - Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.

    También podrán ir acompañados por el cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan alguno de los requisitos exigidos en el artículo 3.1. y, en todo caso, cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 3.2.a) b).
    Asimismo, podrán ir acompañados de los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que el turno lo disfruten con sus padres y se alojen en la misma habitación.

    Puedes consultar la convocatoria completa en el siguiente enlace:
    https://imserso.es/.../enveje.../programa-termalismo-imserso



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