• 2024-05-23 09:53:49
    Info General

    Hoy ha salido publicado en el DOE la ORDEN de 15 de mayo de 2024 por la que se establece la época de peligro alto de incendios forestales del Plan INFOEX en el año 2024, se regula el uso del fuego y las actividades susceptibles de generar riesgo de incendios forestales durante dicha época, y se desarrollan las Medidas Generales y las Medidas de Autoprotección.

    Se establece la Época de Peligro Alto, para el año 2024, durante el período comprendido entre el 1 de junio y el 15 de octubre, ambas fechas incluidas.
    Entre estas fechas no está permitida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario.

    Durante la vigencia de la Época de Peligro Alto, en terreno forestal y en zona de influencia forestal, podrán realizarse actividades de obra civil o agrarias con utilización de la siguiente maquinaria, aperos, herramientas y equipos, previa presentación de declaración responsable:
     a) Maquinaria sobre orugas o cadenas.
     b) Maquinaria con cuchilla, pala o traílla.
     c) Maquinaria con percutores, cazos, ripper y análogos.
     d) Uso de equipos de corte de metal (radial o amoladora) o soldadura.
     e) Uso de grupos electrógenos, motores y bombas.
     f) Tractores con grada de discos o desbrozadoras de cadenas, martillos o cuchillas.
     g) Procesadoras, taladoras, cizalladoras, skidders, autocargadores y astilladoras.
     h) Servicios profesionales con uso de motosierra o motodesbrozadora con disco metálico, o grupos de 3 o más personas con utilización conjunta de dichos equipos.
    i) Cosechadoras, segadoras o empacadoras.

    2. Fuera de terreno forestal y de la zona de influencia forestal, podrán realizarse dichas actividades sin necesidad de declaración responsable con observancia de las precauciones específicas previstas en la Sección 6ª del presente capítulo.

     La persona que pretenda realizar cualquiera de las actividades relacionadas en el artículo anterior, deberá formular una declaración responsable con el contenido y requisitos que se citan en el presente artículo y en los siguientes.



    Adjuntos: