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DEMOLiCiON INMUEBLES EN ESTADO RUINOSO2024-10-06 10:40:22Info General
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Dado el lamentable estado de conservación de varias construcciones en el casco urbano de Barrax, que inciden negativamente sobre su estado de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, es por lo que se otorga un plazo prudencial de TRES MESES a contar desde la publicación del acuerdo de la Junta de Gobierno Local, para que los propietarios de las construcciones que se encuentren en estado ruinoso procedan a su demolición conforme a los cauces legales para su ejecución.
Pasado el plazo de tres meses, si el/los propietario/os no ejecutan la demolición de las construcciones que se encuentren en situación de ruina, se les advierte, que el Ayuntamiento de Barrax procederá a incoar expedientes de ruina sobre los inmuebles, y su correspondiente ejecución forzosa o subsidiaria por parte de este Ayuntamiento, realizando una liquidación provisional de su coste, sin perjuicio de la sanción que se impondría.
Los gastos, daños y perjuicios originados por la ejecución subsidiaria de las actuaciones de demolición subsidiaria por parte del Ayuntamiento, serán a cargo del propietario o sujeto obligado y exigible por vía de apremio.
En base a lo establecido en el artículo 184 del TRLOTAU, las sanciones urbanísticas a imponer serán las tipificadas como graves y se les sancionará con una multa de 6.001 a 150.000 euros.”