• 2020-05-01 12:17:25
    Info General

    Según establece el BOE del viernes 01 de mayo de 2020,
    **Para el municipio de Burgohondo, nos afecta:
    ●Orden SND/380/2020 del 30 de abril, se indican las condiciones para realizar actividad física no profesional al aire libre durante la crisis sanitaria del COVID-19.
    ▪︎Al ser un municipio de menos de 5.000 habitantes, los mayores de 14 años podrán practicar cualquier deporte no profesional y de manera individual, de 06:00 a 23:00h.
    ▪︎Durante los paseos, se podrá ir acompañado de una persona conviviente, persona a cargo o cuidador personal, y en una distancia no superior a 1km del domicilio.
    ▪︎Su entrada en vigor será a partir de las 00:00h del 2 de mayo de 2020.

    ●Orden SND/381/2020 del 30 de abril, que regula el cuidado de los huertos de autoconsumo.
    ▪︎El desplazamiento para el cuidado y recolección de los huertos queda autorizado, siempre que se hallen en el mismo término municipal al del domicilio o en uno adyacente al mismo.
    ▪︎El desarrollo de los trabajos se hará de manera individual y los desplazamientos han de ser mínimos.
    ▪︎Su entrada en vigor, será una vez publicado el BOE, es decir a partir del 1 de mayo de 2020.

    ☆☆En ambos casos, tanto para la práctica de actividad física no profesional y la atención de huertos, en todo momento se deberá garantizar la protección de la salud y seguir las recomendaciones de las autoridades sanitarias.