• 2020-05-09 18:07:46
    Info General

    Desde el Ayuntamiento de Campo Lugar y Pizarro se informa, en relación al Estado de Alarma por COVID-19, de:

    FASE 1 DESESCALADA: A PARTIR DEL DÍA 11 DE MAYO DE 2020

    1. FLEXIBILIZACIÓN DE MEDIDAS DE CARÁCTER SOCIAL:
    a. LIBERTAD DE CIRCULACIÓN:
    - Provincia, Isla o unidad territorial de referencia.
    - Excepciones: motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.
    - Grupos de 10 personas al aire libre o en domicilio , siempre que no sean vulnerables y sin patologías previas
    - Distancia social: 2 metros
    - En el mismo vehículo podrán ir personas convivientes.
    b. VELATORIOS Y ENTIERROS:
    VELATORIOS:
    - Velatorio: Límite de 15 personas al aire libre y 10 personas en espacios cerrados.
    - Participación en la comitiva para el entierro: 15 personas como máximo.
    LUGARES DE CULTO:
    - Limitación de un tercio del aforo total, cumpliendo con las medidas de higiene y desinfección entre otros.
    2. COMERCIO Y SERVICIOS
    - Apertura del pequeño comercio con aforo limitado del 30%.
    - Distancia social de 2 metros.
    - Horario de atención preferente para personas vulnerables.
    - Medidas de seguridad e higiene, desinfección.
    - Se fomentará el pago con tarjeta.
    3. TERRAZAS
    - 50% aforo.
    - Ocupación máxima: 10 personas por mesa o agrupación de mesas.
    - Limpieza y desinfección.
    - Debe evitarse el uso de la misma mantelería o salvamanteles con distintos clientes, optando por materiales y soluciones que faciliten su cambio entre servicios y su lavado mecánico en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados.
    - Se deberá poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados.
    - Se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares, priorizando monodosis desechables o su servicio en otros formatos bajo petición del cliente.
    - Utilización de aseos: 1 persona, si la persona precisa asistencia, también se permitirá la utilización por su acompañante. Deberá procederse a la limpieza y desinfección de los referidos aseos, como mínimo, seis veces al día.
    - Se fomentará el pago con tarjeta.
    4. HOTELES:
    - Apertura sin zonas comunes y con restricciones en restauración.

    5. DEPORTE NO PROFESIONAL
    - Deporte sin contacto físico ni uso de vestuarios.
    - Centros al aire libre sin público.

    6. OCIO
    - Actos y espectáculos para 30 personas, 200 si son al aire libre.
    - Los museos y bibliotecas abrirán al 33% del aforo total.
    7. AGRICULTURA
    - Apertura de actividades del sector agroalimentario que mantenían restricciones.

    Para más información se adjunta BOE de 9 de Mayo de 2020 con la Orden SND/399/2020, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

    Al final del BOE se adjunta imagen con información de la Junta de Extremadura.





    Adjuntos: