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AGUA MUNICIPAL2025-03-02 19:59:49Info General
El Ayuntamiento de Carrascosa de Haro informa a todos los vecinos que, gracias a la instalación de contadores en la vía pública, la semana pasada se detectaron dos fugas de agua en viviendas deshabitadas, lo que ha permitido evitar un derrame de más de 15.000 litros diarios .
Por ello, rogamos a los propietarios de viviendas que no estén habitadas de forma habitual y tengan los contadores dentro de la casa, cierren la llave de paso del contador si tienen la posibilidad lo antes posible y revisemos todos periódicamente grifos y cisternas ,una cisterna estropeada pierde hasta 8.000 litros de agua al día.Obligatoriedad de sacar los contadores a la calle
Se recuerda que el plazo para la instalación de los contadores de agua en la vía pública finaliza el 31 de diciembre de 2025Regularización de recibos pendientes
Todos aquellos usuarios que tengan recibos de agua pendientes de pago deben regularizar su situación antes del 31 de marzo .De lo contrario se aplicara la ordenanza municipal que adjunto:
"El impago de los recibos podrá dar lugar a la privación del suministro y caducidad de la concesión, previa autorización del Excmo. Ayuntamiento de Carrascosa de Haro, sin perjuicio de la exacción por la vía de apremio al transcurrir el período voluntario de cobro sin haberlo satisfecho."Ordenanza municipal sobre fraude en contadores de agua
Se adjunta la Ordenanza Municipal relativa al fraude en los contadores de agua.
> Se considerará que el usuario incurre en fraude cuando realice alguna de las siguientes acciones que se describen a continuación con un ánimo de lucro ilícito y con un perjuicio económico para el servicio en general:
> 1. Utilizar agua del servicio sin haber suscrito el correspondiente contrato de suministro.
> 2. Ejecutar acometidas sin haber acreditado el cumplimiento de los requisitos previstos en esta Ordenanza.
> 3. Establecer o permitir ramales o derivaciones que puedan comportar un uso fraudulento del agua por parte del usuario o de terceros.
> 4. Falsear los indicadores del aparato medidor, por cualquier procedimiento o dispositivo que produzca un funcionamiento anormal del mismo.
> 5. Modificar o ampliar los usos a que se destina el agua sin comunicar estas modificaciones al Ayuntamiento.
> 6. Falsear la declaración de uso del suministro y, por tanto, inducir a la entidad suministradora a facturar menor cantidad de la que se tenga que satisfacer por el mismo.
> b) Sacar o manipular de cualquier manera los contadores instalados sin comunicación previa a la entidad suministradora, o sin autorización, en su caso.
> Cuando las actuaciones que den origen a la liquidación por fraude pudieran constituir delitos o faltas, sin perjuicio del correspondiente expediente administrativo, se dará cuenta a la jurisdicción competente.
> 2. Liquidación del fraude.
> El Ayuntamiento, con arreglo al expediente, practicará y facturará la cantidad de 600 € por liquidación por fraude.