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BANDO SOBRE PUBLICACIÓN DEL CENSO DE INMUEBLES DE USO RESIDENCIAL DESOCUPADOS Y CONSTITUCIÓN DE LA BOLSA DE ALQUILER DE VIVIEND2020-12-23 11:24:49Info General
La existencia de viviendas desocupadas en el pueblo supone un coste económico, social e incluso sanitario para el municipio, coste que es contrario a la función social que debe cumplir la propiedad. Por ello, la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Casar de Cáceres en septiembre de 2019, establece la necesidad de que el Ayuntamiento elabore un censo de inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupadas con carácter permanente, a las que se les aplicará un recargo del 50% de la cuota líquida del impuesto.
Se entiende como inmuebles desocupados los que no estén dados de alta en el suministro de agua o tengan un consumo inferior a 0,10 metros cúbicos al día de promedio trimestral y aquellas viviendas manifiestamente desocupadas o inhabitables, considerándose como tales aquellas en las que no está empadronadas ninguna persona.
No obstante, aquellas viviendas que se encuentren inscritas en la Bolsa de Alquiler del Ayuntamiento quedarán exentes del citado recargo.
En base a lo establecido en la citada Ordenanza, se procede a la publicación del Censo de Inmuebles de uso residencial desocupadas, por plazo de quince días, durante el cual se podrán presentar alegaciones para acreditar la ocupación de los citados inmuebles. Durante el mismo plazo se podrá presentar solicitud de inscripción en la Bolsa de Viviendas en Alquiler, para quedar exentas del recargo por inmuebles desocupados.
Igualmente se recuerda que aquellos solares en casco urbano que puedan ser utilizados como aparcamiento, el Ayuntamiento mediante la firma de un convenio financiará el IBI correspondiente, para lo que deberá presentar solicitud.
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