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Declaración de emergencia cinegética temporal en Extremadura por riesgo sanitario2025-12-15 14:27:24Info General
Emergencia cinegética por riesgo de PPA en Extremadura (2025)
La Junta de Extremadura ha declarado emergencia cinegética temporal ante el incremento del riesgo de Peste Porcina Africana (PPA) y el papel del jabalí como posible transmisor de la enfermedad. El objetivo es proteger al sector porcino y reforzar la vigilancia sanitaria en el medio natural.
Principales medidas adoptadas
🔸 1. Más intensidad y flexibilidad en el control del jabalí
Se amplían de forma excepcional los periodos y días hábiles para su control.
Se autorizan aguardos y recechos durante todo el año, con cupo ilimitado.
Se permite el uso de visores nocturnos y térmicos, cumpliendo normativa.
🔸 2. Refuerzo de batidas
En comarcas VC1, VC2 y VC3: batidas recomendadas hasta el segundo domingo de marzo.
En VC4: posibilidad de una segunda batida por mancha, con finalidad sanitaria.
🔸 3. Prohibición de alimentación suplementaria
No se podrá aportar alimento que concentre jabalíes.
Se establecen excepciones estrictas para otros objetivos (especies cinegéticas o protegidas).
🔸 4. Captura en vivo
Se permiten capturaderos autorizados, tanto en terrenos cinegéticos como en determinados no cinegéticos.
Los jabalíes capturados deberán ser sacrificados de forma inmediata por métodos autorizados.
🔸 5. Gestión sanitaria y SANDACH
Los restos y cadáveres de jabalíes no destinados a consumo deberán gestionarse como subproductos animales (SANDACH).
Se establecerá un sistema específico de gestión durante la emergencia.
🔸 6. Comunicación obligatoria
Las acciones excepcionales (batidas, capturaderos, etc.) deben comunicarse mediante los modelos oficiales.
Los titulares están obligados a remitir un parte de resultados detallado.
🔸 7. Colaboración en vigilancia epidemiológica
Cazadores, titulares y veterinarios deberán notificar jabalíes muertos o con síntomas sospechosos y colaborar en la toma de muestras.
Duración
La emergencia cinegética permanecerá activa hasta que la Junta declare su finalización. A partir de ese momento, volverá a aplicarse el régimen ordinario de caza.