• 2020-10-29 14:21:52
    Info General

    Según el Decreto 926/2020 de Declaración del Estado de Alarma para contener la propagación de las infecciones causadas por la SAR-CoV-2, por lo que se determinan medidas especificas en el ámbito del estado de alarma.
    - Limitación de la circulación de las personas en horario nocturno. De 00:00 a 06:00 .
    - Limitación de la entrada de circulación de entrada y salida en la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha.
    - Limitación de la permanencia de grupos de personas en espacio públicos y privados.
    * La permanencia de grupos de personas en espacios de uso publico,
    tanto cerrados como al aire libre, así como de uso privado, están
    condicionadas a que no se supere el numero máximo de 6 personas,
    salvo que se trate de convivientes.
    * No están incluidas en estas restricciones las actividades laborales e
    institucionales.
    - Se limita la permanencia de personas en lugares de culto.
    * El 40% de aforo.
    Todas estas medidas entran en vigor a las 00:00 horas del 30 de Octubre del 2020.




    Adjuntos: