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EXCLUSIÓN DE LAS LISTAS ELECTORALES ENTREGADAS A PARTIDOS POLÍTICOS CON EL OBJETO DE NO RECIBIR PROPAGANDA ELECTORAL2019-09-20 11:28:40Info General
La Ley Orgánica de Régimen Electoral General 5/1985 sufrió una modificación en 2018 con la Ley Orgánica 2/2018 por la cual cualquier elector puede solicitar su no inclusión en las Listas Electorales que se entregan a los Partidos Políticos con el objeto de enviar propaganda electoral. De este modo, el elector no recibirá en su domicilio propaganda dirigida a su nombre.
Esta solicitud se ha de realizar a través de la Sede Electrónica de la Oficina del Censo Electoral a través del siguiente enlace, para lo que necesitara disponer de certificado digital o DNI electrónico activado:
https://sede.ine.gob.es/oposicionPartidos/presentacion
o bien, presentándola en su Ayuntamiento u Oficina del Censo Electoral (INE en Paseo del Doctor Torres Villarroel, 72-74) de forma personal.
Se adjunta el modelo de solicitud a la que habrá que adjuntar fotocopia del DNI.
La fecha límite para solicitar la baja será el 6 de octubre.
Esta solicitud no evita que se pueda recibir propaganda de forma no nominativa.