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PROHIBICIÓN DE INSTALACIÓN DE ALTAVOCES EXTERIORES Y EMISIÓN DE SONIDOS MOLESTOS DURANTE ACTOS DEL PROGRAMA DE FIESTAS DE AGOSTO 22017-08-10 11:48:28Info General
BANDO
Debido a hechos ocurridos en años anteriores, en los que la música procedente de locales públicos y peñas instaladas en casetas en la vía pública y locales privados, han interferido y molestado a los asistentes a eventos del Programa de Festejos, el Ayuntamiento de Coca, ha decidido que estas situaciones no se vuelvan a producir, y que los asistentes a los actos del Programa de Festejos no se vean importunados, ni los actos deslucidos por estas actuaciones.
En consecuencia:
1.- QUEDA TERMINANTEMENTE PROHIBIDO, DURANTE EL DESARROLLO DE LOS ACTOS DEL PROGRAMA DE FESTEJOS DE LAS FIESTAS DE AGOSTO DE 2017, INSTALAR, BAJO NINGÚN CONCEPTO ALTAVOCES O CUALQUIER OTRO EQUIPO REPRODUCTOR DE SONIDO EN EL EXTERIOR DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y PEÑAS INSTALADAS, TANTO EN CASETAS EN LA VÍA PÚBLICA, COMO EN LOCALES PRIVADOS, ASÍ COMO EMITIR AL EXTERIOR CUALQUIER TIPO DE SONIDO QUE PUEDA PERTURBAR EL DESARROLLO DE ESTOS ACTOS.
2.- QUEDA EXCLUÍDA DE ESTA PROHIBICIÓN LA ZONA DEL RECINTO FERIAL, POR SU NATURALEZA, Y LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS ACTOS QUE SE DESARROLLAN EN LA PLAZA DE TOROS.
3.- EL INCUMPLIMIENTO DE ESTA PROHIBICIÓN, SERÁ CONSIDERADO UNA OBSTACULIZACIÓN AL NORMAL FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y, EN CONSECUENCIA, CONSTITUIRÁ UNA INFRACCIÓN GRAVE A LA ORDENANZA SOBRE PROTECCIÓN DE LA CONVIVENCIA CIUDADANA Y PREVENCIÓN DE ACTUACIONES ANTISOCIALES EN EL MUNICIPIO DE COCA, Y SERÁ SANCIONADA CON MULTA DE 1.500,01.- € A 3.000,00.- €, SIENDO RESPONSABLES DE ESTOS ACTOS, LOS TITULARES DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, REPRESENTANTES DE PEÑAS O DUEÑOS DE LOCALES PRIVADOS EN LOS QUE SE PRODUZCA LA INFRACCIÓN.
ASÍ QUEDA DISPUESTO EN COCA, EN LA FECHA INDICADA AL MARGEN.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
Adjuntos: