• 2020-05-01 13:29:38
    Info General

    El Boletín oficial del Estado (BOE) recoge ya la orden ministerial de Sanidad en la que se regulan las salidas de adultos, personas mayores, dependientes y niños, acompañados de un adulto responsable, así como la actividad física individual que, a partir de las 00:00 horas de este sábado, 2 de mayo, se podrá desarrollar sin contacto con terceros, sin salir del municipio en el que se reside, respetando el distanciamiento social de al menos dos metros y evitando "paradas innecesarias".

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    MUNICIPIOS CON POBLACIÓN IGUAL O INFERIOR A 5.000 HABITANTES, COMO EL CASO DE COCA:
    SIN FRANJAS. EL HORARIO PARA ESTAS ACTIVIDADES ES DE 6:00 h. A 23:00 h.
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    Personas de 14 años en adelante:
    De 6:00 a 10:00 h. y de 20:00 h. a 23:00 h.

    Mayores de 70 años o personas dependientes de un cuidador:
    De 10:00 h. a 12:00 h. y de 19:00 a 20:00 h.

    Menores de 14 años (máximo 3 y con un adulto):
    De 12:00 h. a 19:00 h.

    Deporte profesional:
    De 6:00 h. a 10:00 h. y de 20:00 h. a 23:00 h.

    Deporte: debe ser individual, sin contacto con otros, 1 vez al día y dentro del municipio.

    Paseos: se pueden realizar con 1 persona conviviente. Las personas que tengan que salir acompañadas podrán hacerlo también con 1 cuidador, 1 vez al día y a no más de 1 kilómetro.

    MUY IMPORTANTE:
    Siempre debe mantenerse la distancia de seguridad. SE EXCLUYEN LAS PERSONAS CON SÍNTOMAS O EN CUARENTENA.

    Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19:
    - https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/01/pdfs/BOE-A-2020-4767.pdf




    Adjuntos: