• 2020-05-01 13:31:09
    Info General

    Se permite el desplazamiento para el cuidado y recolección de los huertos cuando no sean de carácter laboral, profesional o empresarial, actividades que ya estaban permitidas en el Real Decreto del 14 de marzo.
    El desplazamiento para el cuidado y recolección de los huertos queda autorizado, siempre que se hallen en el mismo término municipal al del domicilio, o en uno adyacente al mismo.


    Orden SND/381/2020, de 30 de abril, por la que se permite la realización de actividades no profesionales de cuidado y recolección de producciones agrícolas:
    - https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/01/pdfs/BOE-A-2020-4768.pdf




    Adjuntos: