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ORDENANZA REGULADORA DE LA TENENCIA DE ANIMALES2018-12-14 10:54:08Info General
Recordamos a los propietarios de animales domésticos la obligación de cumplir con las normas recogidas en la ordenanza reguladora. Entre otras:
- Inscribir a los animales en el Censo Municipal de animales de compañía
- En caso de no poder ejercer sobre los animales una adecuada vigilancia, se prohíbe la estancia de animales en terrazas, patios o jardines en horario nocturno, debiendo pasar la noche en el interior de la vivienda o de su alojamiento, al objeto de evitar la posibilidad de producir molestias a los vecinos.
- El animal deberá ir provisto de collar y será conducido mediante correa o cadena resistentes, de longitud adecuada para dominar en todo momento al animal.
- El uso correcto del bozal será obligado en aquellos animales cuyo pesa sea superior a 20 kg.
- Los propietarios o tenedores de animales, deberán recoger y retirar los excrementos, limpiando la vía pública que hubiesen ensuciado.
- Toda persona que quiera ser propietario de un animal potencialmente peligroso, deberá solicitar previamente una licencia.
Recomendamos a todos los propietarios de animales la lectura exhaustiva de la siguiente ordenanza.
Adjuntos: