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INFORMACIÓN SOBRE EL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CYL DURANTE EL COVID-192020-04-30 15:01:25Info General
La Consejería de Empleo e Industria ha ordenado el cierre del servicio de atención presencial en sus 54 Oficinas del Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL) a partir del lunes, 16 de marzo, debido a la
pandemia de COVID-19.
Los ciudadanos tendrán la posibilidad de realizar los trámites más urgentes de las siguientes maneras:
1. A través de teléfono de cada Oficina, en el enlace que se facilita más abajo puede acceder a los teléfonos de todas las Oficinas de Empleo de Castilla y León
2. A través de la aplicación para dispositivos móviles y tabletas (ECYL)
3. Por Internet, en el Portal de Empleo y en la Oficina Virtual del ECYL
Toda la información de contacto relativa a estos procedimientos está disponible en la página de empleo.
Las oficinas del ECYL se mantendrán operativas a puerta cerrada con el fin de garantizar el funcionamiento de los servicios indispensables:
Se realizarán renovaciones de demanda automáticamente.
No será necesario que el ciudadano acuda a la oficina a renovar su tarjeta ni que lo haga telemáticamente.
Tampoco será necesario el sello físico en la demanda. El ECYL renovará de forma masiva y automática las demandas que lo precisen.
No se exigirá acreditación de la Búsqueda Activa de Empleo (BAE) para la solicitud de Subsidio
Extraordinario de Desempleo (SED) o Renta Activa de Inserción (RAI).
Se practicarán recuperaciones de demanda de oficio a todos aquellos que hayan solicitadoprestaciones o subsidios por desempleo.
Inscripción de la demanda de empleo.
La recuperación de la demanda se hará de forma telemática a través de la Oficina Virtual de Empleo de Castilla y León, para lo cual el ciudadano deberá disponer de DNI electrónico o Certificado Digital.
Si no fuera posible mediante este procedimiento, se establecen los siguientes cauces alternativos:
- En el caso de los ERTES de Suspensión, no será necesaria la inscripción como demandante de empleo
para percibir las prestaciones.
- En caso de Expedientes de Regulación de Empleo definitivos, el ECYL de oficio inscribirá como
demandantes de empleo a las personas afectadas, cuyos datos le serán facilitados por la Dirección General de Trabajo. Además, esta Dirección General solicitará a las empresas que comuniquen a los trabajadores que la
inscripción como demandante de empleo será tramitada de oficio por el ECYL.
- Para las personas que soliciten prestaciones por desempleo al SEPE, la Oficina del ECYL de oficio dará de alta su demanda de empleo, manteniendo comunicación constante con ese organismo.
- En el resto de los casos, para inscripciones iniciales o recuperación de la demanda de empleo de aquellos que no soliciten prestaciones, pueden pedir su inscripción a la Oficina del ECYL por teléfono, correo electrónico etc.
Citas para orientación, intermediación, formación, y resto de actividades.
Se informa a los ciudadanos que todas las citas programadas para realizar sesiones de orientación presencial (individual o grupal) quedan suspendidas, así como otras acciones de intermediación, formación y resto de actividades.
Ofertas de Empleo.
La gestión de ofertas de empleo con carácter general se suspenderán durante la vigencia del estado de alarma.
Se atenderán, en todo caso y con carácter de urgencia, todas las solicitudes de ofertas de empleo relativas a servicios directamente relacionados con la crisis del COVID-19 (incluidos servicios para atender a personas
dependientes) por medios telemáticos o telefónicos exclusivamente.
Esta gestión de la oferta se hará vía telemática y/o telefónica en su totalidad, y con envío directo de los candidatos preseleccionados (tras las acciones pertinentes de comprobación de requisitos, disponibilidad de los candidatos, etc.).
Emisión de certificados u otras solicitudes.
Sólo se podrán solicitar telemáticamente a través de la Oficina Virtual de Empleo. En caso de necesidad, se admitirá la solicitud por medio del correo electrónico de la oficina de empleo o, incluso, pidiéndolo al teléfono
de dicha oficina.
Una vez emitido el certificado o el documento en su caso, se remitirá al correo electrónico que el demandante tenga registrado en su demanda de empleo y, en su defecto, al correo ordinario.
Medios para mantenerse informado.
Asimismo, se procederá a reforzar y actualizar las comunicaciones a los usuarios utilizando todos los medios de los que dispone el Servicio Público de Empleo de Castilla y León: página Web, Oficina Virtual de Empleo, App
“ECYL”, y el Boletín de Empleo de Castilla y León, como principales.
Fuente: ECYL. Consejería de Empleo e Industria de la Junta de Castilla y León Comunidad autónoma: Castilla y León
Enlaces:
Aplicación móvil para dispositivos Android https://play.google.com/store/apps/details?id=es.jcyl.cee.sicas.app&hl=es
Aplicación móvil para dispositivos Apple https://apps.apple.com/es/app/ecyl/id934747946
Acceso a la Oficina Virtual https://empleocastillayleon.jcyl.es/oficinavirtual/index.do
Página de Empleo https://empleo.jcyl.es/web/es/empleo-castilla-leon.html
Teléfonos de todas las Oficinas del Servicio Público de Empleo de Castilla y Léon-ECyL https://empleo.jcyl.es/web/es/localiza-oficina.html