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NORMAS OCUPANTES EN VEHÍCULOS2020-03-28 17:20:21Info General
Como sabéis la regla general que impone la regulación del estado de alarma es que en los vehículos solo puede ir un ocupante, y está limitado el derecho a la movilidad en vehículo, salvo las excepciones tasadas:
1. Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
2. Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
3. Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
4. Retorno al lugar de residencia habitual.
5. Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
6. Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
7. Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.
8. Desplazamientos por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
La orden TMA 278/2020, de 24 de marzo, estableció los supuestos en los que puede ir más de un ocupante por vehículo de hasta 9 plazas.
Esperamos resolver vuestras dudas.
¡¡¡¡IMPORTANTE!!!! QUEDARSE EN CASA
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