• 2024-06-13 14:00:44
    Servicios Hidráulicos

    BANDO MUNICIPAL
    D. ESCOLÁSTICO GIL HERNÁNDEZ
    ALCALDE-PRESIDENTE DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE EL ROSARIO.
    HAGO SABER:
    Que por motivos del comienzo de las obras de “Peatonalización y adecuación de vías para una correcta circulación y accesibilidad (Calles Antonio González, Enrique Álvarez Bacallado, Agrícola Quintana y Los Lirios)” (T.M. DE EL ROSARIO)”, se podrán producir cortes intermitentes en el suministro de agua potable. Los cortes que sean programados serán publicados con 48 horas de antelación en las redes sociales municipales. Recordarles que según establece el Artículo 15 a) del Reglamento General del Servicio Municipal de Aguas (BOP N.º 171 de 30/12/2014), “El usuario deberá instalar, formando parte de su instalación interior, depósito s receptores o reguladores, en previsión de contingencias de variaciones de presión de la red de distribución o de interrupciones esporádicas del suministro, como mínimo una reserva de 200 litros por cada miembro de la familia, con un mínimo de 600 litros por vivienda, y al menos para un tiempo no inferior a 72 horas, de forma que quede asegurado su autoabastecimiento mínimo durante ese período de tiempo”. Asimismo, tengan en cuenta lo establecido en el artículo 32, “El Contador deberá ser instalado en el lindero de la parcela del inmueble; podrá estar instalado aislado o en batería y deberá de preverse para cada contador un dispositivo adecuado para ser comprobado sin necesidad de desmontarlo. a) Contador aislado. Se instalará junto con sus llaves de protección y maniobra en un armario, homologado por el Prestador del Servicio, exclusivamente destinado a este fin, emplazado en la planta baja del inmueble, junto al portal de entrada y empotrado en el muro de fachada o cerramiento de la propiedad que se pretende abastecer y, en cualquier caso, con acceso directo desde la vía pública. b) Batería de contadores divisionarios. Las baterías de Contadores divisionarios se situarán a la entrada de la finca o inmueble en zona de uso común y fácil acceso, que habilitará el abonado/usuario con arreglo a las características normalizadas. En todo caso, la responsabilidad derivada de las averías que se produzcan en la Instalación Interior General, una vez traspasada la fachada del inmueble o lindero de la propiedad será por cuenta del abonado”. Y en el artículo 13, “...las instalaciones interiores particulares de cada abonado, estarán compuesta por: El tubo ascendente, derivación particular y derivación a los aparatos. Por motivos de protección de la instalación por causas de aumento de la presión, se obliga a la instalación de una válvula reductora de presión y un manómetro del tipo inmerso en glicerina líquida…”. Con respecto al saneamiento, según la Ordenanza de vertidos de aguas residuales en el municipio del El Rosario (BOP N.º 66 de 18/05/2012) en su artículo 4, se establece “...Toda actividad doméstica o no doméstica susceptible de generar aguas residuales, deberá conectarse obligatoriamente al Sistema de saneamiento para la realización del vertido de aguas residuales cuando el límite de su propiedad se encuentre a menos de doscientos (200) metros de dicho Sistema, solicitando para ello la acometida correspondiente al Ayuntamiento de El Rosario, o entidad en quién éste delegue el servicio, la cual se realizará a costa del solicitante, salvo que se prevean formas de financiación diferentes, de acuerdo con el Ayuntamiento...”. Por todo ello, y una vez finalizadas las obras de referencia (las cuales tienen una duración aproximada de 5 meses), aquellos usuarios que no estén conectados tendrán la obligación de conectarse. En cada una de las fases de la ejecución de la obra, se establecerá la señalización vial que lo indique por parte de la empresa responsable de los trabajos. Para cualquier consulta pueden dirigirse a los números de teléfono siguientes:  Servicio Municipal de Aguas: 922 010 160 (ext.: 1080 y 1081).  Servicio Fontaneros 24 horas (averías): 620 201 303.  Policía Local de El Rosario: 922 548 386.
    Rogamos disculpen las molestias que se puedan ocasionar.
    Lo que se hace público para general conocimiento.
    En El Rosario, a la fecha de la firma
    (Documento firmado electrónicamente)
    El Alcalde-Presidente

    Adjuntos: