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BANDO MUNICIPAL, POR LAS OBRAS DE MEJORAS DE LA RED DE ABASTECIMIENTO TRANSVERSALES CAMINO LA MINA2024-10-02 14:57:34Servicios Hidráulicos
BANDO MUNICIPAL
D. ESCOLÁSTICO GIL HERNÁNDEZ
ALCALDE-PRESIDENTE DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE EL ROSARIO.
HAGO SABER:
Que por motivos de las obras de “ MEJORAS DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE”, en Transversales de la Camino La Mina, se pueden producir CORTES INTERMITENTES DEL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE, desde el miércoles día 02 de octubre de 2024, hasta la finalización de los trabajos. Para agilizar y poder ejecutar los trabajos, se prohíbe el estacionamiento de vehículos, así como, la entrada y salida a garajes durante la jornada laboral y según sea indicado por los encargados de la obra.
Para cualquier consulta pueden dirigirse a los números de teléfono siguientes:
Servicio Municipal de Aguas: 922 010 160 (ext.: 1080).
Servicio Fontaneros 24 horas (averías): 620 201 303.
Rogamos disculpen las molestias y recordarles que según establece el Artículo 15 a) del Reglamento General del Servicio Municipal de Aguas, “El usuario deberá instalar, formando parte de su instalación interior, depósitos receptores o reguladores, en previsión de contingencias de variaciones de presión de la red de distribución o de interrupciones esporádicas del suministro, como mínimo una reserva de 200 litros por cada miembro de la familia, con un mínimo de 600 litros por vivienda, y al menos para un tiempo no inferior a 72 horas, de forma que quede asegurado su autoabastecimiento mínimo durante ese período de tiempo”. Asimismo, se restablece en el artículo 32, “El Contador deberá ser instalado en el lindero de la parcela del inmueble; podrá estar instalado aislado o en batería y deberá de preverse para cada contador un dispositivo adecuado para ser comprobado sin necesidad de desmontarlo. a) Contador aislado. Se instalará junto con sus llaves de protección y maniobra en un armario, homologado por el Prestador del Servicio, exclusivamente destinado a este fin, emplazado en la planta baja del inmueble, junto al portal de entrada y empotrado en el muro de fachada o cerramiento de la propiedad que se pretende abastecer y, en cualquier caso, con acceso directo desde la vía pública. Y en el artículo 13, “...las instalaciones interiores particulares de cada abonado, estarán compuesta por: El tubo ascendente, derivación particular y derivación a los aparatos. Por motivos de protección de la instalación por causas de aumento de la presión, se obliga a la instalación de una válvula reductora de presión y un manómetro del tipo inmerso en glicerina líquida…”.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En El Rosario, a la fecha de la firma
(Documento firmado electrónicamente)
El Alcalde-Presidente
Adjuntos: