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OBLIGACIÓN DE LIMPIEZA EN ESPACIOS PRIVADOS (SOLARES URBANOS).2020-05-06 10:41:04Medio Ambiente
Se requiere a los propietarios de solares urbanos para que en el plazo máximo de un mes, a partir de la publicación del presente bando, procedan a su desbroce y limpieza y ha mantenerlos en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.
Transcurrido dicho plazo y no llevada a efecto la presente obligación se le impondrá a los titulares las sanciones pertinentes a través del OAR.
En estos momentos la seguridad, salubridad, limpieza y ornato público es responsabilidad de todos.
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