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OCUPACIÓN DE CAMINOS POR CERRAMIENTOS EN MAL ESTADO2024-03-06 09:41:38Info General
Desde el Ayuntamiento instamos a los propietarios de terrenos que dispongan de cerramientos que estén en mal estado, ya sean paredes de piedra, alambradas u otros elementos que puedan obstruir o dificultar el tránsito por caminos públicos, a que procedan a la reposición de dichos cierres dejando el camino libre de elementos procedentes del cerramiento.
En caso de no realizarse estos trabajos de reposición por parte de los propietarios de manera inminente, el Ayuntamiento procederá a la retirada de los elementos que ocupen el camino público con el fin de garantizar su transitabilidad, debiendo el propietario sufragar los gastos derivados de los trabajos realizados.
Los trabajos municipales consistirán en la retirada de elementos y gestión de los residuos, no en la reposición del cerramiento.
La ordenanza reguladora del uso y mantenimiento de los caminos rurales de titularidad municipal publicada en el Boletín Oficial de la Provincia con fecha 18 de agosto de 2020 dice:
Artículo 15.
1.- Se encuentra prohibido:
e) Las acciones u omisiones que representen un obstáculo para el tránsito de personas a través de los caminos públicos, o en el acceso a las fuentes y abrevaderos públicos municipales.
El Ayuntamiento podrá establecer e imponer sanciones para la defensa de los caminos y para asegurar su adecuada utilización.
Adjuntos: