• 2018-04-30 14:01:03
    Info General

    Según la ordenanza de POLÍCIA Y BUEN GOBIERNO aprobada el 30 de Diciembre de 2009, en su artículo 21 dice:

    A) Los propietarios de terrenos y solares deberán dedicarlos al uso que se les es propio a tenor del planeamiento urbanístico y mientras tanto, quedan obligados a mantenerlos limpios de maleza, en evitación del riesgo de incendio.

    B) El Ayuntamiento, previo requerimiento al propietario incumplidor, podrá adoptar las medidas precisas para la observancia de esta obligación con cargo al propietario y sin perjuicio de las sanciones y demás medidas que procedan.

    El incumplimiento de las obligaciones de los apartados a y b serán calificadas como FALTAS GRAVES.

    Dicho esto, se tomarán las medidas oportunas con los propietarios de los terrenos y solares que a día de 1 de Junio no cumplan con sus obligaciones de dicha ordenanza.

    Lo que se hace público para general conocimiento en Fuenlabrada de los Montes, a 30 de abril de 2018.