• 2022-08-02 10:00:00
    Info General

    SE PONE EN CONOCIMIENTO DE TODOS LOS VECINOS Y VECINAS, ACUERDO TOMADO POR LA JUNTA CONSULTIVA DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO, CELEBRADA EL 29 DE JUNIO DE 2022 EN RELACIÓN A LA ELECCIÓN DE CAZADORES LOCALES PARTICIPANTES EN ACCIONES CINEGÉTICAS DE CONTROL DE POBLACIONES EN LA RESERVA DE CAZA DE CIJARA.


    “Como continuación a los compromisos adquiridos en las última Juntas Consultivas de la Reserva de Cijara, y habida cuenta de la importancia que tiene para la gestión de la Reserva la realización de acciones cinegéticas de caza de gestión para el control de poblaciones, por los problemas medioambientales y sanitarios que puede conllevare un exceso de animales en este espacio, se emite esta instrucción al objeto de aportar solución al exceso de gamas existentes en la zona sur de la Reserva (paraje “Valdemoros”).

    Según establece el artículo 34,6 del Decreto 89/2013, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los terrenos cinegéticos y su gestión “la caza de gestión en los terrenos cinegéticos bajo gestión pública podrá incluirse en la oferta pública de caza o llevarse a cabo por la Dirección General competente en materia de caza.  

    Una vez acordado en Junta Consultiva, para esta temporada se han programado dos acciones cinegéticas, tipo montería, de hembras de gamo para su control poblacional, en fechas 27 de noviembre de 2022 y 21 de enero de 2023.

    Podrán participar en estas acciones cinegéticas los cazadores de ámbito local, considerando como tales las personas naturales o con vecindad administrativa en los términos municipales en los que esté ubicado el terreno.

    El cupo de permisos para los cazadores locales se distribuirá, entre los municipios pertenecientes a este terreno cinegético (Reserva de Caza de Cíjara), teniendo en cuenta los mismos criterios que se aplican en el reparto de los permisos de la OPC y con la misma ponderación. 




     Del mismo modo se Informa que el Sorteo se llevará a efecto por los Ayuntamientos que deberán:

    -  En primer lugar su exposición a información pública en el tablón de anuncio del Ayuntamiento durante un periodo de 15 días.

    -   Una vez finalizado el plazo de exposición a información pública se establecerá un nuevo periodo de 20 días para que se apunten todos aquellos cazadores locales interesados en la participación en estas acciones cinegéticas.

    -  Los ayuntamientos comprobarán que los cazadores inscritos cumplen con los requisitos para participar en las acciones cinegéticas (tener la condición de cazador local y tener licencia de caza en vigor).


    Adjuntos: