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MOVILIDAD A HUERTOS DE AUTOCONSUMO O EXPLOTACIONES AGRARIAS NO PROFESIONALES SERÁ POSIBLE CON LA DURACIÓN INDISPENSABLE2020-04-17 13:20:27Info General
La Delegación del Gobierno ha presentado una instrucción
que regula el acceso a explotaciones agrarias no profesionales,
huertos de auto-consumo y medidas para el mínimo mantenimiento
y cuidado de las parcelas o la prevención de incendios forestales.
Los citados desplazamientos únicamente podrán realizarse
para llevar a cabo actividades de alimentación y cuidado de
animales de naturaleza imprescindible por cuestiones de
bienestar animal y salubridad pública así como para la
recogida o recolección de frutos y productos alimentarios
de procedencia animal o vegetal destinados a consumo o apoyo de la economía familiar.
Para la realización de actividades de labores de cultivo y
mantenimiento de parcelas e instalaciones asociadas y
reparación de averías o mantenimiento de aquellas
parcelas que puedan originar daños irreparables a la propiedad.
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