• 2021-01-13 17:00:20
    Sanidad

    Buenas tardes, adjunto os dejamos el enlace del DOCM, referente a la Resolución que acaba de publicar la Delegación Provincial de la Consejería de sanidad en la Provincia de Ciudad Real, en las que se establece las Medidas Especiales en Materia de Salud Pública para la Contención de la Expansión del COVID-19.
     Por todo ello, proponen las siguientes medidas:

    1) Aplicar en todos los municipios de la provincia de Ciudad Real las medidas de Nivel 3 descritas en el documento general de medidas de control en municipios y zonas de Castilla-La Mancha, de la Instrucción 15/2020 de 21 de diciembre de 2020 de la Dirección General de Salud Pública, si bien reforzadas con las medidas descritas a continuación.  

    2) Proceder al cierre de bares, restaurantes, cafeterías, pub y otros establecimientos similares. Quedan exceptuados de esta medida aquellos locales y establecimientos que en virtud de sus especiales características presten un servicio que se pueda considerar esencial o no sustituible: 

    -Servicios de hostelería y restauración de establecimientos hoteleros, para uso exclusivo de los clientes alojados en los mismos. 

     -Servicios de hostelería y restauración situados en empresas y lugares de trabajo, para uso exclusivo a empleados. -Servicio de comedor escolar en Guarderías y Colegios de Educación Primaria En los antedichos supuestos, queda suspendido el servicio en barra y su aforo máximo se establecerá en un tercio del fijado habitualmente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación. Se permitirá el servicio reparto a domicilio dentro del margen horario permitido de movilidad  

    3) Cierre de locales de juego y apuestas, bingos y establecimientos similares.  

    4) Suspensión de todo tipo de actividades culturales y de ocio tales como cines, teatros, conferencias y otros que supongan la participación o presencia de más de 6 personas.  

    5) Cierre de centros y superficies comerciales. Se exceptúan de esta medida los establecimientos situados en dichos centros dedicados a la venta de productos de alimentación, higiene y otros productos considerados esenciales, así como el pequeño comercio.  

    6) Cierre de gimnasios, saunas y otros recintos de práctica del deporte y la educación física. 
     
    7) Adelantar el toque de queda desde las 22:00 horas de cada día hasta las 07:00 horas del día siguiente.  

    8) Ordenar el confinamiento perimetral de todos y cada uno de los municipios de la provincia.  

    9) Mantener estas medidas durante un mínimo de 10 días a partir de la aprobación de este informe, prorrogables en función de la evolución de la situación epidemiológica.  

    10) Mantener una estrecha vigilancia de los indicadores epidemiológicos ante la posibilidad de que, si no se observara una mejoría sensible, hubiera que reforzar las medidas establecidas.











    Un saludo y cuidaros.


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