• 2025-06-09 11:24:17
    Info General


    Atendiendo a la regulación contemplada en la Ordenanza reguladora de la Seguridad y de la Convivencia Ciudadana aprobada por el Pleno de esta Corporación con fecha de 25 de Junio de 2020, y más concretamente en el Articulo 5, este Ayuntamiento pretende que los solares y las fincas rústicas aledañas al Municipio estén limpias de hierbas, malezas, zarzas, basura u otros.

    Se pide que las propiedades privadas estén limpias para que no puedan arder si se produce algún incendio.

    El articulo31 de la Ordenanza reguladora habilita a este Ayuntamiento para poder sancionar a los propietarios que no cumplan con la obligación de limpieza:

    “las multas por infracción de esta Ordenanza Municipal deberá respetar las siguientes cuantías:

    ·         Infracciones muy graves: hasta 1.000 euros.

    ·         Infracciones graves: hasta 500 euros.

    ·         Infracciones leves: hasta 200 euros.”
    Como titular se le concede un plazo de 15 días naturales para que proceda a la limpieza de pasto, maleza, basura o cualquier otro que pueda ser origen de un incendio, o facilitar su propagación.
    El incumplimiento de esta obligación será considerado infracción grave sancionado con 500€.