• 2026-06-11 11:42:22
    Info General

    BANDO
    Asunto: Obligatoriedad de uso de correa y prohibición de animales sueltos en vías públicas.
    Doña Josefina Calvo Íñigo, Alcaldesa-Presidente del Ayuntamiento de Holguera, Cáceres,
    HAGO SABER:
    Que, ante el aumento de quejas vecinales y con el objetivo de garantizar la seguridad, la convivencia ciudadana y la correcta salubridad e higiene en los espacios públicos del municipio, se recuerda a todos los vecinos y propietarios de animales de compañía la normativa vigente sobre la tenencia de animales:
    PRIMERO.- Prohibición de perros sueltos
    Queda terminantemente prohibido que los perros deambulen o permanezcan sueltos por cualquier vía, calle, plaza, parque, jardín o espacio público del término municipal. Los animales deberán ir sujetos en todo momento mediante correa o cadena resistente.
    SEGUNDO.- Normas para Perros Potencialmente Peligrosos (PPP)
    Los perros clasificados como potencialmente peligrosos deberán ir provistos obligatoriamente de bozal y ser conducidos con correa o cadena no extensible de menos de 2 metros. Además, su tenedor deberá disponer de la preceptiva licencia administrativa en vigor.
    TERCERO.- Recogida de excrementos y limpieza. Los propietarios están obligados a recoger inmediatamente los excrementos y deposiciones fecales de sus animales en la vía pública, así como a limpiar con agua u otros productos la zona afectada para evitar malos olores y daños al mobiliario urbano.
    CUARTO.- Legislación Aplicable. El incumplimiento de las presentes normas contraviene lo establecido en:
    La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
    La Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
    La Ordenanza Municipal de convivencia
    Ayuntamiento de Holguera
    Calle Nueva, 13, Holguera. 10829 (Cáceres). Tfno. 927451065. Fax: 927451132
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    Verificación: https://holguera.sedelectronica.es/
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    JOSEFINA CALVO IÑIGO (1 de 1)
    Alcaldesa - Presidenta
    Fecha Firma: 11/06/2026
    HASH: f5574f24420e60cf2385de4830a5f8b4
    Ayuntamiento de Holguera
    QUINTO.- Régimen SancionadorLas infracciones a lo dispuesto en el presente Bando serán sancionadas por la autoridad competente, con multas que podrán oscilar de la siguiente manera:
    1.Infracciones leves (no llevar al perro atado, no recoger excrementos): Multas que, según la Ley estatal pueden oscilar desde los 100 euros (por incumplimiento de ordenanza local) hasta los 500 a 10.000 euros (según Ley de Bienestar Animal por generación de riesgo o daño).
    2.Infracciones graves o muy graves: En caso de que el animal suelto cause daños a personas, bienes u otros animales, o se trate de un PPP sin bozal, las sanciones económicas podrán elevarse hasta los 50.000 euros.
    Se apela al civismo, la responsabilidad ciudadana y el respeto al prójimo para el estricto cumplimiento de estas normas de convivencia y protección animal.
    Lo que se hace público para general conocimiento.
    En Holguera, el día de su firma,
    La Alcaldesa,
    Josefina Calvo Iñigo
    DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
    Ayuntamiento de Holguera
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