• 2020-08-18 12:05:42
    Cultura

    Hoy entra en vigor la RESOLUCIÓN de 17 de agosto de 2020, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se establecen medidas de salud pública aplicables en Extremadura:

    ◼Ocio nocturno:
    - Cierre Total de discotecas, salas de baile y bares de copas con categoría especial y de todas sus actividades (LICENCIAS TIPO E y F).

    ◼ Hostelería y Restauración:
    - Distancia mínima entre personas de 1,5 metros en la barra y entre mesas.
    - Máximo de 10 personas por mesa.
    - Admisión de clientes hasta las 00.00 horas y cierre a la 01.00 en todos los casos incluidos veladores.

    ◼Consumo de alcohol en vía pública:
    - Se reforzarán los controles policiales para impedir el botellón en la medida de lo posible, debido a la falta de efectivos que puedan prestar servicios durante diferentes turnos.

    ◼Eventos y actividades multitudinarias:
    - Se deberá realizar previamente una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria, y contará con autorización del gobierno autonómico.

    ◼Consumo de tabaco:
    - No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al arire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de 2 metros. Se aplica también a pipas de agua, cachimbas o asimilados.

    ◼Centros sociosanitarios:
    - PCR a todos los nuevos ingresos con 72 horas de antelación como máximo, y a los nuevos empleados y los que regresen de vacaciones.
    - Se limitan las visitas a una persona por residente y limitar al máximo las salidas.

    ◼Cribados con PCR:
    - En caso de brote, se realizarán cribados con PCR a aquellas poblaciones de riesgo y potencialmente expuestas: barrios, bloques de viviendas, centros educativos, colectivos vulnerables, residencias…

    ◼Otras recomendaciones:
    - Limitar los encuentros fuera del grupo de convivencia.
    - Encuentros sociales limitados a un máximo de 10 personas.
    - PCR periódicas a los trabajadores de los centros sociosanitarios.