• 2021-01-14 08:45:35
    Info General

    La JUNTA DE
    EXTREMADURA a la vista de la evolución de la pandemia ha establecido nuevas
    restricciones:



     - Prohibido
    salir del municipio



    - Mantener
    la prohibición de salir de casa desde las 22 h a 6 h



     Se
    restringe la entrada y salida de las personas residentes en Extremadura de cada
    uno de los municipios en los
    que tengan fijada su residencia
    , salvo para aquellos
    desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los
    siguientes motivos



    a) Asistencia a centros,
    servicios y establecimientos sanitarios.





    b) Cumplimiento de
    obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.





    c) Asistencia a centros
    universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil



    .d) Retorno al lugar de residencia habitual o
    familiar propio



    .e) Asistencia y cuidado a mayores, menores,
    dependientes, personas con discapacidad o personas
    especialmente vulnerables.





    f) Desplazamiento a
    entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios
    limítrofes.





    g) Actuaciones requeridas o
    urgentes ante órganos públicos, judiciales o notariales.





    h) Renovaciones de permisos
    y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables



    i) Realización de exámenes o
    pruebas oficiales inaplazables



    .j) Por causa de fuerza mayor o situación de
    necesidad.





    k) Cualquier otra actividad
    de análoga naturaleza, debidamente acreditada



    La circulación por vías que
    transcurran o atraviesen los términos municipales correspondientes no estará
    sometida a restricción alguna cuando el desplazamiento tenga origen y destino fuera del municipio.





    Se permite la circulación de
    personas residentes dentro del término municipal, si bien se desaconsejan los desplazamientos y la
    realización de actividades que no sean imprescindibles.



    Esta medida estará vigente
    al menos hasta el día 20 de enero de 2021.



    Limitación
    de la libertad de circulación
    de las personas en Extremadura en la franja horaria comprendida entre las 22:00
    horas y las 6:00 horas salvo
    para cuestiones esenciales. VIGENTE HASTA EL 7 DE FEBRERO.