• 2020-03-24 18:38:18
    Info General

    INFORMACIÓN

    A pesar del grave momento que estamos pasando, el consistorio no ha estado parado estos días.
    Os dejamos una información importante y relevante que se hará efectiva a partir de ahora en nuestro municipio y que viene a mejorar nuestro municipio y por ente también a sus habitantes, algunas hasta ahora inexistentes.

    En el ultimo pleno celebrado el pasado 12 de marzo, a propuesta del Alcalde el pleno aprobó todas y cada una de las siguientes propuestas por unanimidad:

    1º ORDENANZA MUNICIPAL DE LIMPIEZA Y VALLADO DE SOLARES EN NUCLEO URBANO.
    Visto la necesidad de crear una ordenanza de limpieza y vallado de los solares urbanos con el fin de preservar los aspectos de salubridad, seguridad y ornato público. 
    Tras los informes técnicos legalmente establecidos, el Pleno adopta por unanimidad dicha ordenanza.

    2º CHEQUE BEBÉ.
    Requisitos para acceder al mismo:
    1.- Nacionalidad española o contar con residencia legal en España. 
    2.- Que la unidad familiar del recién nacido lleve empadronado en esta localidad mínimo los 3 años anteriores.
    3.- La cuantía del cheque bebé oscilará de 200 € a 400 € como máximo por unidad familiar; según el orden que haga en los hijos, siendo el primero le corresponderá 200 €, al 2º 300 € y a partir del 3º 400 €.
    4.- El bebé deberá estar empadronado en la localidad, al menos durante los 3 años posteriores al nacimiento, de no ser así se ejecutará la reclamación y devolución del importe del cheque bebé.
    5. El plazo de solicitud de dicho cheque bebé será de 30 días hábiles a contar desde el siguiente día de nacimiento del mismo.

    3º BECA ESCOLAR:
    Requisitos:
    1.- Tendrán derecho todos los niños escolarizados en el Colegio Público de la localidad.
    2.- El importe será de 10 €, para el curso escolar 2020/2021.
    3.- El destino de dicha beca será exclusivo para adquirir material escolar en los comercios de la localidad.
    4.- El plazo para disfrutar de dicha beca será el comprendido durante los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2.020. Una vez transcurrido dicho plazo se perderá el derecho a la misma.

    4º ASOCIACIONES:
    Tendrán derecho a subvenciones las asociaciones sin ánimo de lucro de la localidad, que estén registradas y legalizadas en forma, siempre y cuando se ajusten a las siguientes normas:
    1.- Preparar un proyecto o memoria con las actividades a realizar durante el año.
    2.- Según las actividades donde se promocione La Mata y el número de actividades en que participe en el Ayuntamiento, así será la cuantía de la misma.
    3.- En los carteles de las actividades aparecerá el Ayuntamiento como colaborador.
    4.- El plazo para presentar dicha solicitud acompañado del proyecto o memoria será desde 1 de abril del 2.020 hasta el 31 de mayo del año en curso.




    Adjuntos: