• 2021-05-07 12:03:14
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    a) Nivel de alerta 1Sin horario de cierre. El consumo podrá realizarse en barra, de pie o en mesa y no podrá superarse el 75% del aforo con una limitación máxima de ocupación por mesa o agrupación de mesas de 25 personas.

    b) Nivel de alerta 2:  Se establece como horario de cierre de estos establecimientos la 01:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.

    El consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y el 75% del aforo en mesa en las salas de hasta 40 comensales, en las salas de 41 a 60 comensales el aforo será de 30 personas y en las salas de más de 60 comensales el aforo será del 50%. La máxima ocupación por mesa o agrupación de mesas será de 10 personas.

    c) Nivel de alerta 3: En los niveles 3 y 4 se establece como horario de cierre de estos establecimientos las 24:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 23:00 horas.

    El consumo dentro del local deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse el 75% del aforo en el caso de salas de hasta 40; en las salas de 41 a 60 comensales el aforo será de 30 persona, y en las salas de más de 60 comensales el aforo será del 50%, con una limitación máxima de ocupación por mesa o agrupación de mesas de 6 personas. Se puede suspender  la actividad en el interior cuando la tendencia sea ascendente en número de casos y presión asistencial.

    d) Nivel de alerta 4: En los niveles 3 y 4 se establece como horario de cierre de estos establecimientos las 24:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 23:00 horas.

    El consumo dentro del local deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse el 33% del aforo, con una limitación máxima de ocupación por mesa o agrupación de mesas de 6 personas, se puede suspender la apertura al público y la suspensión de la actividad.

    Además, en el nivel 4 se podrán adoptar medidas sanitarias preventivas excepcionales, como adelanto del horario de cierre, la suspensión de la apertura al público y la suspensión de la actividad.

    En los niveles de alerta 2, 3 y 4 se suprime cualquier actividad de restauración que se desarrolle de pie, como cócteles, o similares.

    Más información: BOCyL del 7-5-2021