• 2022-07-20 23:43:52
    Medio Ambiente


    DE CONFORMIDAD CON ESTA RESOLUCIÓN Y LA ORDEN  FYM/510/2013 DE 25 DE JUNIO Y EL DECRETO 63/1985, SE ESTABLECEN UNA SERIE DE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS que debemos adoptar tanto las administraciones  como los ciudadanos, entre ellas el uso de ahumadores, la suspensión de todas las autorizaciones para el uso de fuego que se hayan otorgado, la prohibición expresa del uso de barbacoas autorizadas    o el lanzamiento de cohetes y artefactos de cualquier clase que contengan fuego.

    Estamos viviendo una situación altamente preocupante   y peligrosa y no es momento de actuar pensando que no va a pasar nada ni es momento de marcar cada uno de nosotros lo que se puede hacer o no. 

    SE HA DECLARADO UNA SITUACIÓN DE ALERTA MÁXIMA Y ES MOMENTO DE CUMPLIR ESCRUPULOSAMENTE CON todas las normas , recomendaciones  y prohibiciones establecidas con el fin de evitar incendios de consecuencias devastadoras.

    Dichas prohibiciones no solo a pinares y bosques sino que atañen de igual manera al casco urbano.

    SEAMOS RESPONSABLES Y NO JUGUEMOS "CON FUEGO" .