• 2025-01-13 14:55:00
    Economía

    Se comunica a todos los empresari@s, sean autónom@s o sociedades, que está en vigor la Ayuda para la reducción del coste de la ITV obligatoria de sus vehículos. Los vehículos pueden ser alguno de los siguientes:
    Vehículos cuya masa máxima técnica admisible (MMTA) sea superior a 3,5
    toneladas
    Vehículos agrícolas
    Vehículos de obras o servicios
    Autobuses
    Vehículos con Clasificación 20 00 - Camión con MMA ≤ 3.500 kg
    Vehículos con Clasificación 24 00 - Furgón/furgoneta con MMA ≤ 3.500 kg
    Vehículos con Clasificación 03 05 - Ciclomotor Escuela de conductores
    Vehículos con Clasificación 04 05 - Motocicleta Escuela de conductores
    Vehículos con Clasificación 10 04 - Turismo Escolar no exclusivo
    Vehículos con Clasificación 10 05 - Turismo Escuela de conductores
    Vehículos con Clasificación 10 40 - Turismo Taxi
    Vehículos con Clasificación 10 42 - Turismo Autoturismo
    Vehículos con Clasificación 10 43 - Turismo Ambulancia
    Vehículos con Clasificación 10 45 - Turismo Funerario
    Vehículos con Clasificación 30 00 - Derivado turismo
    Vehículos con Clasificación 17 00 - Pick - up
    IMPORTE DE LAS CUANTÍAS:
    1.1. Inspección periódica vehículos ligeros (MMTA menor o igual 3.500 KG) ...14,63 €

    1.2. Inspección periódica vehículos pesados (MMTA > 3.500 KG) .... ... .25,12 €
    1.3. Inspección periódica ciclomotores y motocicletas de 2 ruedas ...  10,72 €
    1.4. Inspección periódica vehículos agrícolas ........................................14,63 €

    PLAZO SOLICITUD: Hasta el 31/03/2025

    Para su tramitación y/o mayor información, consulte en la Agencia de Desarrollo Local.