• 2025-08-06 12:23:17
    Info General

    Serán subvencionables los siguientes supuestos:

    a) El nacimiento, la adopción, la guarda con fines de adopción o situación equivalente en caso de adopción internacional, que se produzca entre el 1 de enero y el 31 de agosto del año 2025.
    b) El nacimiento, la adopción, la guarda con fines de adopción o situación equivalente en caso de adopción internacional, que se origine entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre del 2024.



    Plazo, lugar y forma de presentación de solicitudes:

    1. Las solicitudes se formalizarán conforme al anexo I del DECRETO 81/2025, de 15 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas por natalidad a otorgar a las familias residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria para el año 2025 ( se adjunta ).
    2. El plazo de presentación de solicitudes de manera general, comenzará desde el día 7 de Agosto de 2025 y finalizará el día 30 de septiembre de 2025.
    3. Formas de presentación de solicitudes:
        a) A través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica desde el punto de acceso general electrónico: https://tramites.juntaex.es/


        b) En cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
        c) En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura

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    MARÍA JOSÉ MALPARTIDA PERIANES

    TRABAJADORA SOCIAL