• 2019-07-05 12:42:36
    Urbanismo

    DOÑA VIRTUDES PUERTAS SORIA, ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA PUERTA DE SEGURA (JAÉN).-

    HACE SABER: Que, la Orden de 14 de enero de 2019, publicada en el BOJA núm. 12, de 18 de enero de 2019, aprobó las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la rehabilitación de viviendas en la Comunidad Autónoma de Andalucía con las siguientes líneas:

    • Línea 1: Subvenciones que tienen por objeto contribuir a financiar la ejecución de obras para la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, ya sean unifamiliares, aisladas o agrupadas en fila, o ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva.

    • Línea 2: Subvenciones que tienen por objeto contribuir a financiar la ejecución de obras para la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila.

    Los requisitos que deberán reunir las personas solicitantes para la obtención de la subvención serán los siguientes:

    o Podrán solicitar estas subvenciones las personas propietarias o arrendatarias cuando acuerden costear las obras a cambio del pago de la renta.
    o Los ingresos de la unidad de convivencia residentes tendrán que ser inferiores a 5,50 veces el IPREM (7.519,59€).
    o No podrán haber obtenido una ayuda para la misma vivienda en los 3 años anteriores.

    Los requisitos que deberán reunir las viviendas para la obtención de la subvención serán los siguientes:

     Debe ser domicilio habitual y permanente de los propietarios o arrendatarios.
     No pueden estar calificados urbanísticamente como fuera de ordenación.
     Debe tener una superficie útil no inferior a 36 m2.
     Tiene que estar finalizada antes de 1996, salvo excepciones.
     Tiene que presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención o alcanzarla con ésta.
     No tener la consideración de infravivienda.
     Disponer de informe técnico que acredite los requisitos y la necesidad de acometer las obras, con fecha anterior a la solicitud de la subvención.

    El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día 02 de Julio de 2019 hasta el días 01 de Agosto de 2019 ambos incluidos.

    La concesión de las subvenciones se financiará, con cargo a los créditos de los ejercicios 2019 y 2020 cuya distribución entre los distintos ámbitos territoriales se ha realizado teniendo en cuenta la población de las provincias según las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal de 1 de enero de 2018.

    Lo que se hace público para general conocimiento.




    La Puerta de Segura a 03 Julio de 2019.

    LA ALCALDESA,
    Fdo: Virtudes Puertas Soria.





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