• 2024-12-11 11:02:28
    INFORMACIÓN GENERAL

    Con objeto de organizar la asistencia necesaria a los vecinos con las ayudas directas y medidas fiscales urgentes para empresas y profesionales afectados por la DANA, se remite una relación de los citados trámites que se podrían realizar y se informa que hay que apuntarse en el Ayuntamiento de Letur si se requiere esta asistencia. 

    TRAMITES RELACIONADOS CON LAS AYUDAS DIRECTAS GESTIONADAS POR LA AEAT Y OTRAS MEDIDAS FISCALES URGENTES PARA EMPRESAS Y PROFESIONALES ESPECIALMENTE AFECTADOS POR LA DANA


    1.- Solicitud de Ayudas directas a empresas y profesionales especialmente afectados por la DANA. Presentación del formulario disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Desde el 19 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2024.

    2.- Consulta de solicitudes de ayudas presentadas. Consulta del estado de tramitación.

    3.- Baja de solicitudes de ayudas presentadas. Para modificar una solicitud presentada, debes dar de baja esa solicitud y presentar una nueva completa.

    4.- Gestiones de pagos y aplazamientos deudas DANA Si estás afectado por los daños causados por la DANA y tienes deudas pendientes de pago, puedes consultar cómo se aplica, en su caso, la extensión de plazos de pago y las alternativas que tienes para pagar tus deudas pendientes.
    También tienes la opción de solicitar directamente el aplazamiento especial DANA. Aplazamiento DANA. Una vez presentada la declaración a ingresar, puedes solicitar aplazamiento especial de pago (el pago se aplaza 24 meses, sin intereses de demora en los 6 primeros meses). Para declaraciones a ingresar con plazo de presentación entre el 28 de octubre y el 30 de enero.

    5.- Gestiones contribuyentes en módulos DANA
    Los contribuyentes en módulos afectados por la DANA podrán aplicarse una reducción del 25% en el 4T del 2024 del pago fraccionado de IRPF (modelo 131) y también en el 4T del 2024 del régimen simplificado de IVA (modelo 303).
    Aquellos que opten por renunciar excepcionalmente al régimen de módulos para IRPF 2024, podrán hacerlo mediante la presentación del 4T del 2024 del pago fraccionado de IRPF por el método de estimación directa (modelo 130). Los que renuncien, podrán volver al régimen de módulos en 2025 o 2026, a su elección.