• 2020-03-17 17:25:34
    Cultura

    INDICACIONES DEL GOBIERNO:

    SÓLO SE PUEDE CIRCULAR POR LA CALLE PARA CUESTIONES ABSOLUTAMENTE ESENCIALES:

    ⎯ Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
    ⎯ Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
    ⎯ Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
    ⎯ Retorno al lugar de residencia habitual.
    ⎯ Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
    ⎯ Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
    ⎯ Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
    ⎯ Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por
    otra causa justificada.

    LOS ÚNICOS ESTABLECIMIENTOS QUE PUEDEN PERMANECER ABIERTOS SON:

    ⎯ Tiendas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
    ⎯ Farmacias, establecimientos médicos, ópticas y tiendas de productos ortopédicos e higiénicos.
    ⎯ Kioscos de prensa y papelería.
    ⎯ Gasolineras y estancos.
    ⎯ Comercios de equipos tecnológicos, internet, correspondencia y telecomunicaciones.
    ⎯ Tiendas de alimentos para animales de compañía.
    ⎯ Tintorerías y lavanderías.

    En todos estos establecimientos, los clientes solo podrán estar en ellos el tiempo estrictamente necesario para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad, no pudiendo consumir productos en los propios establecimientos. Así mismo se tendrá que guardar una distancia de seguridad de al menos un metro y evitar aglomeraciones para evitar posibles contagios.

    Asimismo recordamos los teléfonos a los que tenéis que llamar todo el que tengáis algún síntoma o queráis información.

    ESTA LUCHA ES DE TODOS JUNTOS




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